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TRIBUNALES

Absuelto el cazador que mató un oso al considerar el tribunal que fue en defensa propia

La Audiencia Provincia¡ de Palencia absolvió ayer de un delito contra la ley de caza a Lorenzo Fernández González, pensionista, de 58 años, juzgado el pasado martes por haber matado en 1988 a un oso pardo" conocido como El Rubio, cuando cazaba corzos en el monte de Brañosera, en el norte de Palencia. El tribunal ha absuelto al cazador al estimar que tuvo la necesidad justificada de matar al oso para salvar su vida. La sentencia ha indignado a las organizaciones ecologistas, que consideran que el fallo decreta la extinción del oso pardo español", una especie en extinción protegida por la ley. El fiscal general del Estado, Leopoldo Torres, afirmó ayer que la "ejemplaridad" del caso le llevaría a recurrir la sentencia.

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Una especie en extinción

El fiscal general del Estado, Leopoldo Torres, declaró ayer que la sentencia "resulta chocante" y que su "primer impulso" es el, de presentar recurso, si bien añadió que, previamente, necesitaba conocer el texto literal de la resolución para ver si es posible recurrirla. Torres se mostró "muy sensible a este problema", e insistió en que la "ejemplaridad" del caso le llevaría a presentar recurso, aunque reconoció que si los hechos probados declaraban la legítima defensa del cazador, habría grandes dificultades técnicas para combatir el fallo judicial, informa Julio M. Lázaro.El tribunal ha considerado probado que Lorenzo Fernández disparó los cinco cartuchos de su escopeta repetidora contra el, oso al verse sorprendido repentinamente por el animal cuando descansaba solo sobre una roca a punto de finalizar la cacería de corzos, en la que participaban varios cazadores.

Según se relata en la sentencia judicial, el oso, un macho de 19 años, de 200 kilos de peso y 1,70 metros de estatura, surgió de improviso detrás de unos árboles, a siete metros del cazador, y se dirigió contra él en actitud de atacarle, sin que el cazador le provocara previamente. Lorenzo Fernández disparó el primer tiro contra el animal a bocajarro, a 50 centímetros de su cuerpo, apoyando su escopeta sobre la cintura, ya que según el fallo judicial no tuvo tiempo de llevarse el arma al hombro.

En defensa propia

El tribunal ha estimado que los informes que realizó la Guardia Civil y el primer juez que instruyó el sumario sobre la muerte del oso, así como las declaraciones de los testigos ratifican la versión dada por el cazador. El fallo judicial añade que no puede prever que a partir de ahora cualquier cazador furtivo argumente que actuó en defensa propia cuando mate un oso para salvarse del delito, ya que según señaló el presidente de la Audiencia de Palencia, Manuel Domínguez Viguera, el tribunal ha juzgado ahora un caso concreto, no un delito general.

Para José Manuel Marraco, abogado del Fondo Asturiano para la Protección de Animales Salvajes (Fapas), organización que ejercía la acusación particular, "la sentencia no hace referencia a la ampliación del delito ecológico y por otra parte, es un paso atrás para la conservación de las especies y el tribunal es consciente de ello. Ahora cualquier cazador que vea un oso u otro animal, podrá dispararle aduciendo defensa propia.", informa Javier Ortega. El Fapas había solicitado que se condenara a Lorenzo Fernández a la pena de seis meses de arresto mayor, que se le retirara la licencia de caza durante cinco años y que indemnizara a la Junta de Castilla y León con un millón y medio de pesetas por la muerte del oso, cantidad en la que fue valorado el animal.

El fiscal pidió la misma idemnización económica, pero rebajó la pena de arresto hasta los cuatro meses y la retirada de la licencia al cazador durante cuatro años.

El abogado Carlos Martínez, de la Coordinadora de Organizaciones de Defensa- Ambiental, consideró la sentencia un "escándalo". "Parece difícil que una persona armada en un monte diga que ha matado a un oso en defensa propia, cuando es un animal que no ataca. El fallo refuerza la necesidad de tipificar de una vez el delito ecológico", añadió.

El tribunal ha absuelto también a la ingeniera María Jesús de Miguel Michelena, jefa de la Sección de Montes en Palencia cuando se mató al oso, quien había sido acusada de un delito de prevaricación por el Fapas, al estimar que autorizó irregularmente la cacería de corzos en que fue abatido el oso.

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