Desestimada la demanda de Telecinco contra Youtube
El juez falla que el canal de vídeos es un mero intermediario
El Juzgado Mercantil número 7 de Madrid ha desestimado la demanda presentada por Telecinco contra YouTube por incluir vídeos que vulneran los derechos de propiedad intelectual.
En el fallo se considera que YouTube es un intermediario y que compete a quien cuelga el material la responsabilidad de infringir o no los derechos de la propiedad intelectual, y a las terceras partes en reclamar esa protección. YouTube no tiene que aplicar una censura previa antes de su publicación.
"La sentencia reconoce que, legalmente, YouTube es un mero intermediario de servicios de alojamiento de contenidos y, por tanto, no puede ser obligado a controlar con carácter previo los vídeos subidos por los usuarios", explica la empresa en un comunicado oficial.
"En la práctica, la decisión judicial supone que son los titulares quienes deben identificar y notificar a YouTube de forma individualizada los vídeos que vulneran sus derechos de propiedad intelectual, para que YouTube pueda proceder a su retirada. Además, YouTube ofrece a los titulares de derechos de propiedad intelectual una herramienta tecnológica gratuita, denominada Content ID, que les permite proteger sus contenidos de forma automática y evitar que sean subidos a la plataforma si así lo desean".
El fallo judicial ha sido colocado en el blog internacional de Google. "No es sólo una victoria para nosotros sino para los miles de millones de usuarios en todo el mundo, que utilizan la web para comunicarse y compartir experiencias".
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