"Europa respalda la compensación por copia privada en España y toda la UE"
Las ocho entidades de gestión de los derechos de autor reconocer que se deberán estrablecer mecanismos para fijar las excepciones al canon
Las ocho entidades españolas de gestión de los derechos de autor dicen que hoy respiran más tanquilas: El canon no es ilegal en España ni en Europa, según el Tribunal de Justica de la Unión Europea. Otra cosa es que lo considere indiscriminado porque sólo "cabe aplicar el canon a dichos soportes cuando éstos puedan ser utilizados por personas físicas para su uso privado". Es decir, grava también a las personas jurídicas, a empresas y administraciones, cuando la directiva europea de los derechos de autor sólo lo contemplan para las personas físicas. Así, la sentencia lo considera "no conforme con el derecho de la Unión Europea", como ya dictaminó la abogada general en sus conclusiones publicadas en mayo pasado.
Las ocho entidades de gestión temían, sin embargo, una sentencia más adversa. Por eso hoy están "muy contentos. La Justicia Europea ha respaldado la legalidad de la compensación por copia privada en toda la Unión Europea y eso es lo más importante", asegura Rafael Sánchez, portavoz de las ocho gestoras de los derechos de autor españolas, entre ellas SGAE, AIE, CEDRO, O VEGAP.
El canon no es un impuesto, no lo cobra la Administración. Es una compensación para artistas, productores y editores por las copias privadas que el consumidor hace de contenidos protegidos por los derechos del autor. Es decir, la legislación reconoce que si los creadores pierden parete de sus derechos exclusivos, deben ser compensados económicamente. Y la forma de cobrarlo es el canon.
Los cánones por copia privada, inicialmente limitados a los equipos analógicos, como las grabadoras de casete o las fotocopiadoras, se han ido ampliando primero a los soportes de almacenamiento analógicos (cintas de vídeo...), después a sus versiones digitales (CD y DVD vírgenes) y finalmente a los aparatos, como los reproductores de MP3, grabadoras de CD...
Sánchez reconoce que la sentencia publicada hoy "plantea que se tendrá que estudiar los mecanismos que fijen las excepciones al canon, pero sólo en aquellos casos en los que se demuestre no sólo que han sido adquiridos por personas juridicas sino también que realmente no vayan a usarlos para copiar contenidos protegidos".
La ley española de Propiedad Intelectual ya reconoce que se pueden fijas excepciones al canon. De hecho, los productores audiovisuales y las empresas de radiodifusión no lo pagan. Ahora estas excepciones deberán ampliarse, recogiendo las conclusiones del tribunal europeo que acaba de emitir su dictamen.
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