_
_
_
_
_

El derecho al olvido llega a la Audiencia Nacional

El tribunal estudiará cinco casos en los que Google rechaza una resolución de la Agencia de Protección de Datos para que retire enlaces

Google España y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) mantienen un largo contencioso sobre quién debe retirar de Internet un enlace a una información o dato sobre una persona cuando ésta lo reclama. En la actualidad hay más de 90 casos planteados por la AEPD y unos 60 recursos de Google contra resoluciones de la citada agencia reclamándole la retirada de enlaces que considera sensibles y perjudiciales para el peticionario. Cinco de estos casos se verán finalmente este miércoles ante la Audiencia Nacional. La atención sobre el pleito ha sobrepasado las fronteras españolas y diarios como The Guardian informan de la cita ante los tribunales. Es el llamado derecho al olvido

Más información
Google niega a Protección de Datos legitimidad para ordenar la cancelación de contenidos

El conflicto se repite casi siempre en los mismos términos. Una persona, física o jurídica, se considera perjudicada porque una noticia o documento, por ejemplo una sentencia, siga viva en la red a pesar de que las circunstancias de aquella noticia o caso han variado...y solicita la retirada del enlace. La Agencia Española de Protección de Datos considera que no puede obligarse a la fuente de la noticia o documento a retirarla porque ello alteraría el propio historial y se dirige al buscador para que deje de presentar el enlace. Google sostiene que su tarea es rastrear lo que ofrece la red y su papel es el de listar lo que existe, no censurarlo. La empresa sostiene que es la fuente quien debe reaccionar ante una petición de este tipo retirando el archivo, o en el caso de que ello no proceda, bloqueando el acceso a la página por parte de los buscadores. Existen herramientas, como los robots txt, que lo hacen. Google considera que la postura de la AEPD española discrepa de la postura que mantienen la mayoría de agencias europeas sobre la cuestión.

La AEPD sostiene que no se trata de suprimir una noticia del mundo real o del virtual. A un diario oficial no se le puede exigir que cancele la publicación de una sentencia o a un medio, que suprima una noticia de sus archivos porque no sólo supondría alterar su hemeroteca si no atentar contra la libertad de expresión. Para la AEPD, el derecho al olvido se refiere al efecto multiplicador que los motores de búsqueda dan al asunto.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_