_
_
_
_
_

Las operadoras prometen no molestar con sus llamadas

Telefónica, Vodafone, Orange, Yoigo y Ono firman un código deontológico de cumplimiento incierto para regular sus operaciones de televenta

Se comprometen a no volver a llamar en tres meses a un cliente que rechace una promoción. Tampoco podrán llamar ni por la noche ni en festivos. Se trata solo de un manual de buenas prácticas y, por tanto, de cumplimiento incierto. Pero algo es algo. Los primeros ejecutivos de las mayores operadoras de telecomunicaciones, en concreto Telefónica, Vodafone, Orange, Yoigo y Ono han firmado hoy un código deontológico para autorregular sus operaciones de televenta, con el objetivo de procurar ser lo menos molestos posible en las llamadas comerciales que realizan a sus clientes para convencerles de una promoción o de que se cambien de compañía.

Las cláusulas más importantes son las que, por primera vez, limitan el número de llamadas comerciales que se pueden hacer a un cliente que, o bien rechaza esa promoción o ni siquiera atiende el teléfono sabedor de que se trata de una llamada comercial. Así, cuando un consumidor conteste la llamada y manifieste no tener interés por la propuesta, la operadora se compromete a no volver a llamar al cliente hasta después de tres meses a partir de esa llamada.

Asimismo, se limita a tres el número de intentos mensuales sobre líneas no contactadas, es decir, sobre clientes que no cojan el teléfono, entendiendo por "intento" la serie de llamadas efectuadas a un consumidor de forma consecutiva en un breve espacio de tiempo con el fin de establecer un contacto.

También se limitan las horas en que se pueden efectuar las llamadas comerciales, que deben hacerse en "horarios no intrusivos": de lunes a viernes, de 9 a 22 horas; los sábados, de 9 a 14 horas, evitándose las llamadas los domingos y festivos.

Una vez que el consumidor atienda la llamada de televenta, al menos en un 98% de los casos se garantizará que conteste un teleoperador antes de los tres segundos.

Las compañías contarán con procedimientos que garanticen que no se contactará con los consumidores incluidos en listas en las que se explicita expresamente el deseo de no recibir este tipo de llamadas o publicidad.

También se comprometen a no utilizar medios engañosos, fraudulentos ni, en general, desleales para la competencia, para obtener del consumidor datos y/o contestaciones que pudieran interpretarse como una aceptación al cambio de operadora ni para obtener del consumidor cualquier otro comportamiento económico.

En las llamadas comerciales se asegurará la identificación de forma clara e inequívoca de la operadora que efectúa la llamada o en cuyo nombre se realiza, evitando manifestaciones que puedan llevar a confusión o engaño a este respecto. También estarán obligadas a identificar el número desde el que se genere el contacto con el consumidor, de forma que el mismo aparezca en la pantalla del terminal (es decir, que no podrán ser números ocultos o sin posibilidad de rellamada).

Todas las operadoras se abstendrán de utilizar manifestaciones falsas, engañosas, denigratorias o, en general, desleales para la competencia, para referirse a los productos y servicios de otras operadoras.

Estas han acordado reunirse cada seis meses con el fin de verificar el resultado de la aplicación del Código. También buscarán la adhesión al presente Código de otras operadoras de telecomunicaciones que manifiesten su voluntad de cumplir con las medidas previstas en el mismo.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_