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Reportaje:El proceso por la rebelión militar del 23 de febrero

Las técnicas de la defensa

La jornada de ayer ha servido para medir el contraste profesional entre el letrado Ramón Hermosilla, defensor del general Armada, y los treinta abogados de los restantes encausados, convertidos en otros tantos acusadores del que fue segundo jefe del Estado Mayor del Ejército. El defensor del general Torres Rojas, Gerardo Quintana, ha vuelto a seguir la errada senda del coronel Escandell en cuanto a la solicitud de lectura de la hoja de servicios y de las distinciones concedidas a su patrocinado. De veinticinco en veinticinco, la sala ha podido seguir, por ejemplo, los saltos que ha dado en paracaídas el general Torres Rojas, con la autorización sucesiva de llevar sobre el uniforme el correspondiente distintivo rojo o dorado, según la acumulación marcada.Hermosilla ha lanzado sobre la sala declaraciones con elogios al general Armada capaces de ruborizar al más frío. El viernes quiso demostrar que su patrocinado tuvo un comportamiento irreprochable durante su larga trayectoria militar y también en las horas críticas del 23 y 24-F, e intentó probar que si se excedió, al ofrecerse como presidente del Gobierno, fue a propuesta del general Milans, no sin expresar antes su parecer de que era un disparate al que solo, accedía sacrificándose por España. El letrado Hermosilla inundó ayer la sala de declaraciones de los entonces capitanes generales de Zaragoza, Barcelona, Baleares, Burgos, La Coruña y Canarias que señalan a Milans como valedor, mediante llamadas telefónicas, de la solución Armada para lograr la liberación de los rehenes.

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El presidente del Tribunal, general Luis Alvarez Rodríguez, ha señalado ayer, con dos intervenciones enérgicas que merecieron la aprobación y el elogio de los observadores jurídicos más rigurosos, los caminos por los que no está dispuesto a que discurra la vista. La sala no va a servir de auditorio para esas novelas, que lanza Antonio Izquierdo, donde se trata de describir el ambiente de aquellos días como configurador de un estado de necesidad, y tampoco va a permitirse en las argumentaciones de nadie un uso reversible del Código de Justicia Militar, capaz de situar a los procesados como jueces de quienes no secundaron la rebelión. Al terminar la vista de ayer alguien recordaba que el general Franco juzgó como reos del delito de rebelión militar precisamente a quienes no se habían sublevado. Para hacerlo no necesitó modificar el Código.

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