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Los recursos de Sevilla y Celta

Los recursos de Sevilla y Celta se basan en que sí han cumplido todos los requisitos pedidos por la Liga Profesional.Según ellos, la falta de jurisprudencia sobre el tema y la alarma social provocada aconsejan una inmediata suspensión cautelar de la sanción.

El club andaluz y el gallego alegan que a 31 de julio sí habían presentado el aval solicitado por la Liga.

En caso de que la Liga haya encontrado algún error en la documentación presentada, ambos equipos solicitan al CSD la aplicación de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Ley 30/92 del 26 de noviembre, que en su artículo 76, apartados uno y dos, especifica la existencia de diez días de plazo para la subsanación de errores, salvo que una ley especial lo impida.

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El Consejo Superior de Deportes es un organismo público, por lo que todas sus actuaciones deben siempre atenerse a las leyes administrativas públicas.

Por la celeridad con la que se ha dado firmeza a la resolución, el Sevilla y el Celta consideran que se han encontrado en una situación de indefensión, al no haber sido requeridos conforme a ley para subsanar errores. Ambos clubes han establecido conversaciones con expertos jurídicos. El Celta, aparte de los catorce folios de alegaciones presentadas ante el Consejo, contó con un informe de José Luis Melián Gil, catedrático de Derecho Administrativo y rector de la Universidad de La Coruña, coincidente con los argumentos del recurso presentado por el equipo gallego.

Mientras, accionistas del Sevilla, se han puesto en contacto con el catedrático de Derecho Constitucional Pérez Royo. Según el catedrático la Liga. de Fútbol Profesional ha quebrado normas jurídicas de rango superior al Decreto en el que se sustentó el descenso de categoría.

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