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Reportaje:

Maltratada y condenada

20.000 firmas piden que no vaya a la cárcel Oliva Vacas, tuerta por un puñetazo de su ex marido

Oliva Vacas, auxiliar de clínica de 44 años, se encuentra confinada en una casa de acogida a las afueras de Madrid, temerosa de que su ex marido, E. R. C., abogado, obtenga la libertad provisional y salga de la cárcel de Alcalá Meco. E. R. C. cumple prisión preventiva desde abril de 2001, pendiente de juicio por lesiones a Oliva a la que maltrató en febrero de 2001. En este ataque, Oliva perdió un ojo.

Pero el aislamiento en que vive ahora Oliva, divorciada desde 2000 y con un hijo de 10 años, no es lo que más le preocupa. Una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid la condenó en 1999 a tres años y seis meses de cárcel por lesiones a su entonces cónyuge, fallo que confirmó el Tribunal Supremo en octubre de 2001 y para el que la asociación Mujeres que Ayudan de Navalmoral de la Mata (Cáceres), de donde Oliva es oriunda, ha pedido un indulto al Gobierno, con el apoyo de 20.000 firmas. .

La mujer reside en una casa de acogida en compañía de su hijo de 10 años
El ex cónyuge está en prisión preventiva por incumplir la orden judicial de alejamiento
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E. R. C. la denunció en 1996 por producirle una brecha en la cabeza como resultado de haberle lanzado un mechero, y por haberle quemado la espalda al día siguiente, cuando E. R. C. fue a recoger unas mudas para irse a vivir a casa de una hermana.

La sentencia de la Audiencia Provincial que condena a la mujer por la lesión de quemaduras en la espalda refleja que 'las declaraciones del perjudicado, vienen corroboradas por otras pruebas, cuales son la testifical prestada por su sobrino, y la documental médica'. Sin embargo, en lo que al sobrino, Gonzalo, respecta, la sentencia dice que éste acompañó a E. R. C. al domicilio de Oliva, 'esperándole en el coche'. Gonzalo declaró que E. R. C. 'tardó en bajar unos quince minutos y que se metió en el coche quejándose de dolor, enseñándole la espalda, viendo que la tenía toda quemada, yendo juntos al hospital'.

La abogada defensora de Oliva, Vilma Chauca, afirma: 'El sobrino no presenció los hechos puesto que no subió al piso, y lo que hace la sentencia es dar más valor a la versión del denunciante, que se autolesionó, que a la de Oliva'.

El mismo tribunal declaró impertinentes las preguntas de la defensa por las que la abogada intentaba demostrar 'la capacidad fabuladora de E. R. C., que había sido sometido a tratamiento psicológico en el pasado por esta razón', afirma Chauca. En su declaración, Oliva aceptó que, un día antes de producirse el episodio de las quemaduras, lanzó un mechero a la cabeza de E. R. C. para protegerse, pero que en lo tocante a la cuestión del espray, se lo echó a los ojos 'para defenderse porque él esgrimía un cuchillo', dice la sentencia. Oliva declaró que ignoraba cómo E. R. C. se pudo producir las quemaduras en la espalda. Versión a la que la sentencia responde: 'No es creible la amenaza con el cuchillo, dado que la acusada dice que se quedó 'tan tranquila', sentada en el sofá; reacción ilógica a todas luces de una persona frente a la cual se enarbola un arma blanca, pues lo normal es que hubiera salido rápidamente de la vivienda'.

A raíz del episodio de 1996, la pareja se separó y el niño pasó a la custodia del padre. Pero tres años después, Oliva le denunció por agresiones a ella y a su hijo, y el niño pasó a la custodia de la madre, después de declarar que había sido golpeado por el padre.

En febrero de 2001 y ante la insistencia del padre, Oliva y su hijo subieron a su coche porque quería hablar con ellos. El padre se metió en carretera -'contra la voluntad de Oliva', afirma la abogada Chauca- y, a las tres de la madrugada, a la altura de Onrubia (Cuenca), E. R. C. detuvo el coche y exigió a Oliva que se bajara. Una vez fuera, la cogió por el pelo, le dió un puñetazo en el ojo y la tiró por un terraplén, hechos que presenció casualmente un guardia civil.

Oliva fue conducida al Hospital La Paz de Madrid, donde no se pudo evitar que perdiera el globo ocular. Días después, denunció a su ex marido, apoyada por la declaración del guardia civil. Pero E. R. C. quedó en libertad por no existir peligro de fuga.

El 1 de marzo de 2001, el juez dictó un auto de alejamiento prohibiendo al hombre acercarse a la madre y al hijo a menos de 200 metros, lo que E. R. C. incumplió un día que fue al colegio del niño para llevárselo. La directora del centro llamó a la policía y el 1 de abril 2001 fue condenado a prisión provisional por incumplimiento de la medida cautelar, a la espera de que se celebre el juicio por la agresión que le costó un ojo a Oliva.

La mujer, todavía en baja médica por las distintas operaciones que ha padecido después de la implantación de una prótesis ocular, podría ingresar en prisión en cualquier momento puesto que ya no existe posibilidad de una nueva apelación. Sólo le queda que la petición de indulto sea atendida. El trámite se encuentra pendiente de que el vocal ponente de la Audiencia Provincial, sección 23, redacte el informe que pasará al Ministerio de Justicia y después al Gobierno, única institución que puede tomar la decisión final.

En cuanto a los temores por su seguridad, por el momento, Oliva puede respirar porque el fiscal no ha consentido que E. R. C. disfrute de libertad provisional al no encontrar una garantía suficiente para la seguridad de la víctima.

Oliva Vacas, en una casa de acogida en la provincia de Madrid.
Oliva Vacas, en una casa de acogida en la provincia de Madrid.ULY MARTÍN

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