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Cajasur reclama a la Junta el archivo de la investigación abierta por la póliza de Castillejo

Los servicios jurídicos aseguran que la caja ya está bajo tutela del Ministerio de Economía

Cajasur ha pedido a la Consejería de Economía que archive las "actuaciones" que ha iniciado por la póliza de 2,9 millones de euros que la entidad cordobesa ha suscrito en favor de su presidente, el sacerdote Miguel Castillejo, y que permitirá a éste percibir de por vida su sueldo íntegro (213.000 euros) cuando deje la caja. Frente al dictamen de los servicios jurídicos de la Junta, que ven ilegal la póliza, Cajasur sostiene que el seguro es una retribución diferida y que el Gobierno andaluz no puede suspender un acuerdo del Consejo de Administración ni aplicar la Ley de Cajas en este caso.

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Cajasur presentó ayer las alegaciones a las actuaciones que inició la Consejería de Economía una vez que los servicios jurídicos de la Junta dictaminaron que la póliza de Castillejo no es más que una indemnización, prohibida por la Ley de Cajas autonómica en el artículo 50.2.

El documento de las alegaciones, firmado por el director general adjunto a la presidencia de la caja y jefe de los servicios jurídicos, Diego Jordano, arremete los argumentos de los juristas del Gobierno autonómico, cuyas tesis reciben calificativos como "erróneos", "artificiosos", "simplistas" o "sesgados".

A lo largo de 24 páginas, Jordano expone los argumentos que le llevan a mantener que la "resolución administrativa notificada" por la Junta es "nula de pleno derecho". El jefe de los servicios jurídicos de Cajasur, al final de su escrito, pide a la Consejería de Economía que "acuerde el sobreseimiento y archivo de las actuaciones iniciadas".

Las alegaciones comienzan con una salvaguarda: Jordano informa de que el Ministerio de Economía ya dio, el pasado día 2, por "acreditada la fundación directa de Cajasur por una entidad de derecho público de la Iglesia". Es decir, a partir de ese día estaría bajo la tutela del Ministerio, por lo que Cajasur pone en duda la "competencia" de la Junta para seguir con la investigación, aún cuando los hechos analizados son anteriores.

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La Consejería de Economía abrió el expediente a Cajasur para "adoptar las medidas necesarias para restaurar la legalidad vigente", una vez que los servicios jurídicos de la Junta consideraron que la póliza millonaria en favor de Castillejo, suscrita en septiembre de 2001, era ilegal.

En sus alegaciones, Cajasur interpreta que la "única finalidad" del expediente de la Junta es "declarar la nulidad" de los acuerdos de los órganos de gobierno en los que, supuestamente, se aprobó la póliza en favor del presidente. "La vigilancia del cumplimiento por las cajas de las normas de disciplina y ordenación no conlleva la capacidad de la Administración autonómica para la anulación de los acuerdos de sus órganos de gobierno en el ámbito administrativo", oponen los servicios jurídicos de la caja, que sostiene que "esa competencia es de los jueces y tribunales del orden civil".

Además de mantener que la Junta no puede anular un acuerdo de una caja, Cajasur retoma otros argumentos ya expuesto en las últimas semanas. Según sus servicios jurídicos la póliza, suscrita en septiembre de 2001, es sólo un contrato que refleja varios acuerdos previos del Consejo de Administración, el primero de ellos en 1986, en los que se habría aprobado que la caja se hiciera cargo de completar la pensión pública de Castillejo para que mantuviese su salario íntegro. De ahí deduce Cajasur que no le sería aplicable la Ley andaluza de Cajas, que entró en vigor en diciembre de 1999.

En sus alegaciones, Cajasur insiste en que las condiciones y cuantía de la póliza se aprobaron en el Consejo de Administración de 4 de junio de 2001, aún cuando varios consejeros han negado que ese punto se tratara en aquella reunión, de la que no tienen acta pese a haberla solicitado reiteradamente a la dirección de la caja cordobesa.

En su escrito, Jordano sostiene que, en cualquier caso, la Ley andaluza de Cajas no sería aplicable a Cajasur ya que el Tribunal Constitucional suspendió dos disposiciones que afectaban a la composición y funcionamiento de la entidad controlada por la Iglesia. A esto, los servicios jurídicos de la Junta ya replicaron que, a su juicio, la suspensión se debió expresamente al litigio sobre la singular composición de los órganos de gobierno de Cajasur (con predominio de la Iglesia) y no afectaría al régimen retributivo de sus órganos de gobierno.

A pesar de rechazar que se le aplique la Ley andaluza de Cajas, Cajasur defiende que no la vulneraría y reitera que la póliza no corresponde a una indemnización, sino a un complemento de pensión, de la misma naturaleza que el de los trabajadores de la caja, aunque Castillejo, por su puesto, no tiene relación laboral con la entidad. En las alegaciones agregan que "el Banco de España no formuló reparo alguno" sobre la póliza -la Junta ha reiterado en los últimos días que la competencia sobre la legalidad de la póliza es suya.

Para defender que se trata de un complemento de pensión, Jordano añade que Castillejo estuvo jubilado durante dos meses en 1994 (luego volvió a la presidencia), cuando cumplió 65 años, y entonces la caja completó su pensión con las dotaciones a un fondo a favor de Castillejo que contaba por esas fechas ya con 1,6 millones de euros.

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