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LA INVESTIGACIÓN DEL 11-M

El magistrado apela al secreto del sumario para enviar al Congreso sólo las declaraciones del portero de Alcalá

El juez de la Audiencia Nacional Juan del Olmo apeló ayer al secreto del sumario para remitir a la comisión de investigación del 11-M únicamente las declaraciones policial y judicial de Luis Garrudo, el portero de la finca de Alcalá de Henares que vio a los terroristas y avisó de la existencia de la furgoneta Renault Kangoo en la que se trasladaron los detonadores y los explosivos.

Del Olmo, siguiendo el criterio expuesto previamente por la fiscal del caso, Olga Sánchez, analizó todos los documentos solicitados por la comisión y rechazó la mayoría de ellos porque su conocimiento podría perjudicar gravemente las líneas de investigación que tiene abiertas para averiguar la verdad de lo ocurrido.

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El magistrado explica que no puede ni debe facilitar información relativa a sumario que él no tramita, como los de la colocación de un artefacto en la línea del AVE Madrid-Sevilla el 2 de abril de 2004; el de la explosión de la calle de Carmen Martín Gaite, de Leganés, del 3 de abril de 2004, en la que falleció el miembro de los GEO Francisco Javier Torrenteras y se suicidaron siete de los presuntos autores materiales de los atentados del 11-M; o el de la profanación de la tumba del mencionado subinspector, el 12 de abril.

Perjuicio a la investigación

Respecto a las peticiones de informes policiales y atestados sobre los hechos que se investigan y las intervenciones telefónicas a los imputados, el magistrado rechaza su entrega porque no se vea perjudicada la instrucción judicial.

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"El inicio de la investigación es el día 11 de marzo de 2004", dice el magistrado, "sólo cuatro meses han pasado, y la efectividad de la misma ha resultado del ingente esfuerzo personal y de medios que las fuerzas de seguridad han aportado al esclarecimiento de los hechos delictivos investigados, al análisis de la información obtenida y al necesario sosiego en la valoración de la ingente información recopilada". "En consecuencia", concluye el magistrado, "ninguna de las peticiones realizadas sobre el tipo de información antedicha puede ser facilitada, porque ello obligaría a un alzamiento parcial injustificado en este momento del secreto de las actuaciones".

También señala que varios de los informes que se han solicitado no existen o no han sido aportados al juzgado y respecto de otros, ante la indeterminación de la identificación, no se localizan. Existe un informe pericial realizado por la Policía Científica y remitido por el comisario Carlos Corrales, que podría tratarse de uno de los reclamados, pero contiene identificaciones fotográficas especialmente duras que podrían afectar gravemente a la sensibilidad de los familiares de los fallecidos y, al menos de momento, no se envía.

El magistrado recuerda que la Constitución atribuye en exclusiva a los juzgados y tribunales la potestad jurisdiccional de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado y que su obligación prioritaria es garantizar el objeto de la instrucción judicial que es "averiguar y hacer constar la perpetración de los delitos con todas las circunstancias que puedan influir en su calificación".

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