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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Otros que saldrán pronto

Sólo había una posibilidad legal de parar en seco la inminente excarcelación del antiguo integrante del sanguinario comando Madrid de ETA en los años ochenta, José Ignacio de Juana Chaos, tras haber cumplido 18 años de prisión del límite máximo legal de 30 en que quedaron reducidos los más de 3.000 que le impusieron los tribunales por sus numerosos delitos. Y no era otra que la de abrirle una nueva causa por otros delitos, si es que existían indicios fundados de que los había cometido durante su estancia carcelaria.

Esos indicios existen. De Juana Chaos no sólo se ha ufanado públicamente de sus crímenes -25 personas asesinadas en las acciones terroristas en que participó-, sino que ha dejado testimonios escritos sobre su presunta pertenencia a ETA en la actualidad y su posible colaboración con la banda terrorista, dando nombres de funcionarios de prisiones y de jueces que podrían convertirse en uno más de sus objetivos. La pronta actuación del ministerioo fiscal, sensible sin duda a la conmoción causada por esa cercana excarcelación, sobre todo entre las asociaciones de víctimas del terrorismo y sus familias, ha puesto en marcha la acción de la justicia para que investigue esos otros posibles delitos e imposibilite la puesta en libertad de alguien que presumiblemente sigue delinquiendo y que no es descartable que pudiera volver a actuar con la misma violencia que antaño.

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La decisión de la Audiencia Nacional de abrirle a De Juana Chaos un nuevo proceso por los delitos de pertenencia a la banda armada y por amenazas terroristas es legalmente impecable. Y lo es igualmente la de decretar su prisión preventiva mientras se sustancia el nuevo proceso. Sería inconcebible que el Estado de derecho se quedara con los brazos cruzados en tales circunstancias y pasara por alto esas nuevas evidencias delictivas que concurren en la conducta de un terrorista que no ha dado muestra alguna de arrepentimiento, presumiblemente sigue vinculado orgánicamente a ETA y ha destacado por su absoluto desprecio por el dolor que han causado sus crímenes.

El próximo 9 de febrero quedarán extinguidas, por imperativo legal, las responsabilidadess penales contraidas por De Juana Chaos por sus crímenes. Pero seguirá en la cárcel como preso preventivo en tanto se dilucidan las nuevas que se le imputan. Sin duda no es fácil asumir por la sociedad que 25 asesinatos, que sumaron penas superiores a 3.000 años de cárcel, queden saldados con una condena efectiva de sólo 18 años. Pues aunque ninguna sanción penal, incluso una hipotética prisión en vida, bastaría en estrictos términos de justicia para liquidar la inmensa deuda contraída por De Juana Chaos con la sociedad y las víctimas de sus delitos, 18 años constituyen una pena que queda muy por debajo de los mínimos de proporcionalidad exigible. En todo caso, se trata de una situación penal-penitenciaria del pasado y que fue corregida con la entrada en vigor del llamado Código Penal de la democracia en 1995, que suprimió la redención de penas por el trabajo instaurada por el Código Penal franquista de 1973.

De Juana Chaos debe a este Código Penal de la dictadura que la magnitud de sus crímenes haya podido saldarse legalmente con sólo 18 años de condena efectiva. El franquismo propició, sobre todo en su última etapa, una política de indultos generales y un generoso sistema de redención de penas por el trabajo -uno por cada dos días de condena- con el objetivo de mantener una población reclusa en los límites de lo económicamente sostenible. Es posible que el Estado democrático reaccionara con lentitud en la corrección de un sistema penal-penitenciario absolutamente desajustado a la gravedad de la deriva terrorista en España. Pero este sistema ya no existe y la aplicación retroactiva del actualmente vigente, precisamente por ser más riguroso, es una eventualidad estrictamente inconstitucional y contraria a los principios del Derecho Penal.

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