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La Audiencia Nacional rechaza redenciones de penas al etarra De Juana Chaos

El antiguo jefe del comando Madrid de ETA, José Ignacio de Juana Chaos, condenado a más de 3.000 años de prisión por su participación en 25 asesinatos, se benefició indebidamente de redenciones de penas que no le correspondían, por lo que la Audiencia Nacional decidió suspender ayer su licenciamiento (excarcelación definitiva por cumplimiento de la pena impuesta) previsto para el próximo 9 de febrero.

La Sección Primera Penal de la Audiencia Nacional, integrada por su presidente, Javier Gómez Bermúdez, y los magistrados Manuela Fernández de Prado y Nicolás Poveda, acordó denegar el licenciamiento de De Juana por considerar que tras estudiar su expediente, "existen numerosas redenciones tanto ordinarias como extraordinarias correspondientes al periodo del 16 de enero de 1987 al 11 de abril de 1993 que fueron aprobadas por (...) la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Madrid el 19 de febrero de 1999".

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La Audiencia Nacional entiende que desde 1985, la Audiencia de Madrid no tenía competencia para resolver sobre aquella cuestión. Por ello, le ha comunicado que la competencia, "antes y ahora", es de la Sala Penal de la Audiencia Nacional, que es el tribunal competente para juzgar los delitos de terrorismo.

El tribunal ha remitido a la Audiencia de Madrid copia de su decisión "para que examine su propia competencia, adopte la resolución que considere oportuna (decretando en su caso la nulidad del mismo) y la comunique" a la Audiencia Nacional, advirtiéndole de la "extrema urgencia del caso".

La decisión de la Audiencia Nacional aplica los criterios aprobados por la propia Sala de lo Penal en un pleno celebrado en enero, con la finalidad de evitar la excarcelación de etarras condenados a penas superiores a 30 años, que quedarían en libertad tras haber cumplido entre 18 y 20 años de prisión.

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En todo caso, el que fuera jefe del comando Madrid no habría sido puesto en libertad, ya que desde el pasado 10 de enero se encuentra en prisión preventiva por decisión del juez Fernando Grande-Marlaska. El magistrado, acordó la medida cautelar para De Juana Chaos a instancias del fiscal Jesús Alonso, tras la publicación de dos artículos en el diario Gara el 1 y el 30 de diciembre de 2004, que podrían constituir sendos delitos de pertenencia a ETA y amenazas terroristas. El primero de los delitos está castigado con una pena de entre 6 y 12 años de prisión, mientras que el de amenazas terroristas lo está con una pena de entre 10 y 15 años de cárcel.

De Juana Chaos, de 49 años, se encuentra en prisión desde enero de 1987 y ha cumplido 18 años de condena efectiva del máximo de 30 años previsto en la ley en aquel momento. El etarra se ha beneficiado de redenciones ordinarias y extraordinarias previstas en el Código Penal de 1973 -y que ya fueron eliminadas del Código Penal aprobado en 1995-, por lo que el cumplimiento definitivo de su condena estaba previsto para el 9 de febrero.

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