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La Audiencia Nacional comienza a aplicar la 'sentencia Parot' a sus penados

El nuevo cómputo puede afectar a 240 terroristas y al menos a 700 presos comunes

La Audiencia Nacional ha dado instrucciones para iniciar la revisión de las condenas de penados a más de 30 años de cárcel con el Código Penal de 1973, en aplicación de los criterios establecidos en la sentencia del Tribunal Supremo sobre acumulación de penas a Henri Parot. En una primera estimación, dicha sentencia puede afectar a 240 terroristas, de ETA en su mayor parte. También hay al menos 700 delincuentes comunes con más de 30 años de condena, aunque, según el presidente de la Sala de lo Penal, Javier Gómez Bermúdez, a éstos les afectará en menor medida.

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El Pleno de la Sala Penal de la Audiencia Nacional se reunió ayer en sesión ordinaria para debatir las consecuencias de la sentencia del supremo sobre Henri Parot, distribuida el día anterior a todos los magistrados. En la reunión no se planteó ninguna discusión jurídica y se acordó la aplicación de la sentencia a todos los penados con más de 30 años que están en prisión en este momento. Los efectos no serán extensibles a los penados en libertad condicional.

Los penados que se encuentran en prisión en aplicación del Código Penal de 1973 son los que cometieron sus delitos antes de mayo de 1996, fecha en que entró en vigor el actual Código Penal. Son 2.208 hombres y 131 mujeres. Con penas de más de 30 años hay, en una primera estimación, 240 terroristas y al menos 700 presos comunes por delitos graves, aunque de estos sólo una parte han sido condenados por la Audiencia Nacional.

El presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Javier Gómez Bermúdez, explicó ayer a un grupo de periodistas que el nuevo sistema afectará casi en su totalidad al grupo de terroristas, y sólo en mucha menor medida a presos por delitos comunes que son competencia de la Audiencia Nacional, como narcotráfico y delitos económicos.

Según Gómez Bermúdez, esto es así porque narcotraficantes o condenados por delitos económicos, como falsificación de moneda, no llegan a acumular penas tan graves como las de un terrorista.

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De entre los condenados por terrorismo, aproximadamente 189 etarras tendrán que seguir cumpliendo condena otros 10 años más, como media. El Pleno de la Sala Penal pedirá hoy a Instituciones Penitenciarias que vuelva a calcular la fecha de salida en libertad de los 13 etarras que tendrían que salir de la cárcel en el presente año.

El criterio establecido por el Supremo afectará en general a delincuentes múltiples, jefes de organizaciones mafiosas y a terroristas, y en particular, a cualquiera de los penados cuyas condenas asciendan a 45 o más años de cárcel.

La cifra de 45 años de cárcel procede de un ejemplo contenido en la sentencia de Parot, referido a un condenado a tres penas: una de 30 años, otra de 15 y otra de 10 años. Según el artículo 70 del Código de 1973, el máximo de cumplimiento sería de 30 años. Con el cumplimiento sucesivo de las penas establecido por el Supremo, si de la primera pena redime 10 años, cumpliría esta pena a los 20 de estancia en prisión; a continuación pasaría a cumplir la de 15 años. Si de ésta redime 5 años, la tendría cumplida en 10 años. 20+10=30. Ya no tendría que cumplir más penas, dejando de extinguir las demás.

Javier Gómez Bermúdez (izquierda), con el fiscal del Estado.
Javier Gómez Bermúdez (izquierda), con el fiscal del Estado.EFE

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