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La lucha contra el terrorismo

El tribunal y la fiscalía se inclinan por conceder la prisión atenuada a De Juana

La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional y la fiscalía se inclinan por conceder la prisión atenuada al dirigente de ETA Iñaki de Juana Chaos, cuya salud se ha deteriorado notablemente tras llevar 77 días en huelga de hambre, a pesar de haber sido alimentado de forma forzosa por vía parenteral, según informaron fuentes de la Audiencia Nacional.

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El fiscal no contempla mantener en prisión al terrorista por el alto riesgo que supone seguir con la alimentación forzosa
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El pulso de De Juana

Tras el informe de los médicos del hospital Doce de Octubre que atienden a De Juana, en el que se destaca el grave riesgo para la vida del etarra que puede suponer el someterle a un tercer ciclo de alimentación parenteral, los magistrados dictaron ayer una providencia para que en 24 horas todas las partes personadas en el proceso informen sobre las medidas a adoptar.

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La defensa de De Juana, habida cuenta del su pésimo estado de salud, ha reclamado la libertad provisional de su cliente, mientras que la Asociación de Víctimas del Terrorismo, que actúa como acusación, ha señalado que el etarra debe de seguir en prisión porque la huelga de hambre como excusa para obtener la libertad es una coacción inaceptable. El presidente del PP, Mariano Rajoy, pidió a los magistrados que valoren "qué ocurriría en España si todos los presos de ETA siguiesen su ejemplo e hicieran huelga de hambre".

Jerarquía de valores

El fiscal encargado del caso, Fernando Burgos, había elaborado ayer un escrito que tenía que someter a la consideración del fiscal jefe, Javier Zaragoza, que se encontraba en París. No obstante, Burgos no contemplaba mantener la prisión de De Juana, precisamente por el alto riesgo de muerte que supondría el mantenimiento de las condiciones de alimentación forzosa en la que se encuentra el preso. Se trataría a su modo de ver un problema de jerarquía de valores y el de la vida debería primar sobre el de la seguridad.

El fiscal considera que sería de aplicación el artículo 508 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece: "El juez o tribunal podrá acordar que la medida de prisión provisional del imputado se verifique en su domicilio con las medidas de vigilancia que resulten necesarias, cuando por razón de enfermedad el internamiento entrañe grave peligro para su salud. El juez o tribunal podrá autorizar que el imputado salga de su domicilio durante las horas necesarias para el tratamiento de su enfermedad, siempre con la vigilancia precisa".

La excarcelación de De Juana por aplicación de este precepto sería reversible, es decir, volvería a ingresar en prisión en el momento en el que cesaran las condiciones que determinaron su excarcelación, aunque obviamente ninguna de las partes ha planteado esta posibilidad por el momento.

La prisión atenuada es también la opción por la que parece inclinarse el tribunal, dado que informe médico remitido el lunes al tribunal destacaba que De Juana corre un "alto riesgo" de morir o de sufrir secuelas irreversibles a medio plazo, sin que pueda descartarse una muerte súbita.

El tribunal, presidido por Manuela Fernández de Prado, atendiendo a la existencia de una enfermedad grave, estudia conceder la prisión atenuada para el etarra. Además, no impondría la presencia policial en el domicilio del terrorista, sino que sería suficiente un control telemático, con una pulsera como la que se utiliza en los casos de violencia de género, y con controles periódicos de la Ertzaintza por sorpresa y a horas diversas para confirmar la presencia en el domicilio.

De Juana se encuentra en prisión provisional con una condena de 12 años y medio de cárcel por delito de amenazas terroristas, tras haber publicado en Gara dos artículos titulados El escudo y Gallizo, que fueron considerados amenazantes por un tribunal de la Audiencia Nacional.

Como De Juana ha recurrido la sentencia al Supremo, su situación carcelaria es la de preso preventivo, por lo que su situación depende del tribunal de instancia, es decir, de la Audiencia Nacional, en lugar de Instituciones Penitenciarias, que hubiera intervenido en caso de ser firme la condena.

Por otro lado, la fiscalía ha propuesto a la Sala Segunda del Tribunal Supremo que confirme la condena de 12 años y medio de prisión que la Audiencia Nacional le impuso a De Juana por amenazas terroristas o bien, alternativamente, que se la rebaje a cuatro años de cárcel, si considera que existió delito de coacciones en concurso con enaltecimiento del terrorismo, tal y como ya planteó en el momento del juicio, en noviembre pasado.

El preso etarra Iñaki de Juana, el 27 de octubre de 2006, durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional.
El preso etarra Iñaki de Juana, el 27 de octubre de 2006, durante el juicio celebrado en la Audiencia Nacional.EFE

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