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Los autónomos podrán contratar a hijos menores de 30 años

El colectivo accederá a las prestaciones de maternidad y paternidad

Lucía Abellán

Los autónomos han conseguido una reivindicación histórica, aunque sólo a medias. Podrán contratar a sus hijos menores de 30 años, que hasta ahora debían emplearse también como autónomos, pero no a los cónyuges. La novedad figura en el Estatuto del Autónomo que entrará en vigor a final de año. El texto permite interrumpir la actividad por maternidad y paternidad y recibir la prestación correspondiente.

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Un autónomo que desee emplear a su hijo o su cónyuge debe pedirles que se den de alta en ese mismo régimen. Hasta ahora no existía la posibilidad de contratarlos por cuenta ajena, algo que el colectivo siempre ha demandado. El nuevo Estatuto del Autónomo, aprobado ayer por todos los grupos parlamentarios en la Comisión de Trabajo del Congreso, abre esa vía para los hijos menores de 30 años, incluso si viven en el domicilio familiar, pero sin derecho a desempleo.

Los cónyuges, en cambio, deberán seguir en el régimen especial. Se persigue así evitar que un autónomo emplee a su pareja sólo para que tenga pensión, sin que realmente trabaje. Se calcula que aproximadamente un quinto de los autónomos recurre a la familia para su negocio.

El Estatuto, que regula por primera vez las condiciones de un colectivo de tres millones de personas, entrará en vigor previsiblemente a final de año. La mejora de las situaciones familiares contempla también una ampliación de los derechos para los padres. Los autónomos podrán interrumpir su actividad por maternidad o paternidad y recibir las prestaciones que recoge la ley para los trabajadores por cuenta ajena. Eso sí, habrá que cotizar más por ellas si se pretende disfrutarlas.

Lo mismo ocurrirá con la protección por accidentes laborales. El Estatuto permite que los autónomos puedan estar cubiertos en caso de accidentes in itinere (los que se producen en el trayecto de casa al trabajo o a la inversa), lo que exigirá también mayor cotización. Ahora el colectivo tiene la posibilidad de cotizar por los accidentes ocurridos en el lugar de trabajo.

Los autónomos dependientes, aquellos cuyos ingresos dependan en más del 75% de una empresa, dispondrán de 18 días de vacaciones pagadas. En el texto inicial figuraban 15, pero una enmienda de CiU ha mejorado la propuesta. El PSOE ha pactado con este grupo la mayor parte de las novedades.

El autónomo gozará de mayor protección en caso de apuros económicos. Su vivienda habitual no podrá ser embargada cuando haya contraído deudas con la Administración (por ejemplo, con la Seguridad Social). Y los que decidan jubilarse anticipadamente cobrarán lo mismo que los trabajadores por cuenta ajena. Con una condición: que la cotización sea equivalente.

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Sobre la firma

Lucía Abellán
La redactora jefa de Internacional de EL PAÍS ha desarrollado casi toda su carrera profesional en este diario. Comenzó en 1999 en la sección de Economía, donde se especializó en mercado laboral y fiscalidad. Entre 2012 y 2018 fue corresponsal en Bruselas y posteriormente corresponsal diplomática adscrita a la sección de España.

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