_
_
_
_
_
Columna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las columnas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Para entender a los alemanes

Xavier Vidal-Folch

En la crisis griega y del euro, por vez primera Angela Merkel se amparó en su Tribunal Constitucional (con sede en Karlsruhe) para no apoyar una solución comunitaria. Si se quiere, dijo, un Fondo Monetario Europeo (FME), como su ministro de Hacienda Wolfgang Schäuble, antes debe reformarse el Tratado de Lisboa. ¿Llevaba razón?

Karlsruhe ha dictado tres sentencias europeas muy nacionalistas en las que se alza a sumo intérprete del derecho europeo en su país, frente al Tribunal de Luxemburgo. En las tres acota la dinámica expansiva del derecho común, busca un papel "esencial" al declinante Estado-nación y enfatiza el control del Parlamento doméstico sobre las normas y actuaciones de la Unión.

Merkel ha cubierto su objetivo político en la crisis del euro con una falsa coartada jurídica
Más información
Berlín y París impulsan una tasa a la banca para pagar rescates financieros

En la sentencia sobre el Tratado de Maastricht (12-10-1993) los magistrados chapucean, al tratar a la UE ya de "unión de Estados soberanos", ya de "asociación de Estados", "comunidad interestatal", "comunidad de Estados", "confederación" o "federación". Tanta imprecisión para una conclusión, que la UE no es "un único Estado".

De ahí se deriva la preocupación porque la soberanía estatal "no se vacíe de contenido" al transferirlo para arriba. De forma que el Tratado no reconoce a Bruselas "una competencia en materia de competencias": la facultad de decidir en qué ámbitos intervendrá y cómo. Y que el principio básico de "subsidiariedad" se destina a "garantizar la identidad nacional de los Estados miembros y a mantener sus competencias", una lectura sesgada pues protege sólo hacia abajo y no, también, hacia arriba.

Karslruhe aprobó Maastricht, pero le puso acritud, una enorme cantidad de peros potenciales: pero no lo validaría si desvirtuase la posibilidad de una "democracia viva" en Alemania; pero su desarrollo es función de los Estados y no de la Unión; pero la unión económica, aunque deseable para completar la monetaria, debería pasar de nuevo por las capitales; pero incluso los pasos previstos al milímetro para llegar al euro no son automáticos; pero Alemania siempre puede salirse de la Unión...

Lo que quedó de esa sentencia fue una amenaza restrictiva. Que aumentó con la dictada el 31 de marzo de 1998 para enjuiciar el acceso de Alemania a la tercera fase del euro. Su texto apenas le añade el refuerzo del papel de las dos cámaras nacionales ante las decisiones europeas: deben "ser tenidas en cuenta" por el Gobierno federal.

La tercera sentencia, sobre el Tratado de Lisboa (30 de junio de 2009), retorna a la defensa del "inviolable núcleo esencial de la identidad" alemana, cuantificable según si conserva o no "un espacio suficiente" para determinar las condiciones de vida de sus ciudadanos. Y mensurable (párrafo 249) a través de si, entre otras, se conserva la competencia sobre un ámbito suficiente de "los ingresos y los gastos, incluyendo el endeudamiento".

Todo eso pespuntea una Alemania ensimismada, fatigada de Europa. Pero hay más, y más decisivo para el caso de la crisis de Grecia y del euro. Al hablar de presupuestos, la sentencia (párrafo 256) rechaza una eventual decisión en la que se comunitarice "en lo fundamental la determinación de la clase e importe de los impuestos que afectan a los ciudadanos" y deje a Berlín sin "espacios de discrecionalidad política suficientes con respecto a ingresos y gastos" (275). De manera que, sensu contrario, valida una decisión presupuestaria que no afecte a esos temas. Por ejemplo, la decisión de crear un FME con el presupuesto común. O la de otorgar un préstamo comunitario por 30.000 millones de euros, pues la cuota alemana del mismo serían unos 6.000 millones, que a todas luces no afectan "en lo fundamental" al bolsillo alemán.

El de Merkel era un obstáculo político disfrazado con falsa coartada jurídica.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_