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Análisis:
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Incentivar la contratación parcial

Las últimas medidas de fomento de la contratación a tiempo parcial constituyen, según el Ministro de Trabajo, "el paquete de estímulos más importante que hemos puesto en vigor en España durante las últimas décadas". Son las aprobadas esta semana y cuyo origen es el Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones.

El Acuerdo ya declaró "el desempleo" como el problema más grave al que se enfrenta la economía española. No solo constituye un coste personal y social para muchos trabajadores y sus familias, sino que supone además un lastre inasumible para el crecimiento de la economía y del empleo. Mejorar la situación del empleo se convierte así en un "objetivo compartido e irrenunciable".

Para hacer frente a la crisis e impulsar la contratación, el Gobierno pone en marcha durante el año 2011, un plan de choque de carácter coyuntural, con efectividad a corto plazo, dirigido especialmente a la reducción del desempleo de jóvenes y parados de larga duración. El instrumento utilizado para ello es el contrato a tiempo parcial.

Pueden acogerse a las nuevas medidas las empresas que contraten de forma indefinida o temporal, mediante un contrato de trabajo a tiempo parcial, trabajadores con edad igual o inferior a 30 años, o que hayan estado inscritos 12 meses en las oficinas de empleo, siempre que la jornada oscile entre el 50 % y el 75 % de la habitual y la duración del contrato no sea inferior a seis meses. Las contrataciones efectuadas habrán de suponer un incremento neto de la plantilla de la empresa.

La cuantía de la bonificación dependerá del tamaño de la empresa, fijándose en un 100% para aquellas que tengan menos de 250 trabajadores, y en un 75 % para las que excedan dicha cifra. Las bonificaciones se disfrutarán durante 12 meses desde la fecha de contratación y se aplicarán sobre la totalidad de las cuotas empresariales a la Seguridad Social.

En el caso de que se trate de contratos temporales, su transformación en indefinidos podrá dar lugar a la obtención de los beneficios previstos con carácter general para la contratación indefinida.

Con ello se pretende elevar las posibilidades de colocación de estos colectivos especialmente castigados por la crisis.

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