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Las ayudas a empresas en crisis

La nueva norma de los ERE se endurece para evitar intrusos

La orden exige de dos a tres años de cotización en la empresa que prejubila

Una de las primeras medidas que anunció el consejero de Empleo, Manuel Recio, tras empezar a conocerse el fraude los expedientes de regulación de empleo (ERE), donde se han detectado beneficiarios que ni siquiera pertenecían a las empresas ayudadas con fondos públicos, fue la modificación de la norma para endurecer los controles. Este cambio es efectivo desde ayer, cuando fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA). La orden intenta evitar los conocidos como intrusos, aquellos que no pertenecen a la empresa que regula empleo, y ayudas que no se destinan a los objetivos para los que son concedidas.

La nueva norma distingue entre los beneficiarios de las ayudas previas al retiro ordinario -las conocidas prejubilaciones- de un trabajador afectado por un proceso de ajuste laboral en la empresa y las ayudas extraordinarias destinadas a atender situaciones de necesidad.

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En el caso de las ayudas por prejubilaciones ordinarias, se exigirán 15 años de cotización a la Seguridad Social a lo largo de la vida laboral del beneficiario y al menos tres años en la empresa de la que se retiran.

Se prevén ayudas extraordinarias para trabajadores que tengan dificultades de inserción, sean mayores de 50 años y se vean afectados por un ERE o por concurso de acreedores y que estén inscritos como desempleados en el Servicio Andaluz de Empleo. A los beneficiarios de estas ayudas extraordinarias se les exigirá una antigüedad y cotización en la empresa mínima de dos años.

Asimismo, la orden establece una fase preliminar para acceder a las ayudas en la que se valorará la viabilidad de las mismas en función de la repercusión que los procesos de reestructuración tengan en la economía y el empleo de Andalucía. Posteriormente, la Consejería de Empleo tendrá que emitir un informe sobre dicho impacto y la persona titular de la Viceconsejería de Empleo emitirá una declaración por la que se habilite a los trabajadores a solicitar dichas ayudas.

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También se regula en dicha normativa la cuantía de dichas ayudas y se fija que la cantidad máxima al mes no podrá ser superior al 80% de la media del salario bruto correspondiente a las seis últimas nóminas devengadas, ni superar el importe de la pensión máxima de la Seguridad Social.

Además, se establece que la concesión de las ayudas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias y el régimen de control de las ayudas se realizará mediante fiscalización previa del gasto. Hasta ahora se hacía con posterioridad y la falta de control ha favorecido muchas de las irregularidades detectadas.

La Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) será entidad colaboradora y se encargará de la entrega y distribución de las ayudas, la colaboración en la restitución en los casos en los que debe haber un reintegro y la justificación mediante certificación de los pagos realizados mensualmente.

Con esta orden la consejería pretende "mejorar los procedimientos de actuación" y "dar un mayor rigor a los procedimientos de otorgamiento de estas ayudas", así como "asumir las advertencias de los órganos de control interno de esta administración seguidas hasta la fecha en materia de transferencia de financiación".

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