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La doctrina para anular candidaturas

El último precedente de candidaturas impugnadas en unas elecciones municipales por su relación con la ilegalizada Batasuna se registró en abril de 2007, cuando la Fiscalía General del Estado y la Abogacía del Estado, ésta por orden del Gobierno, impugnaron 122 de las 245 candidaturas presentadas por Acción Nacionalista Vasca (ANV). El Supremo y el Constitucional avalaron la impugnación. Los criterios seguidos para la demanda y su resolución fueron los que siguen:

- Fiscalía. Al menos tres candidatos por lista. La Fiscalía acordó impugnar aquellas listas en las que hubiese al menos tres candidatos vinculados a Batasuna y que alguno de ellos tuviera carácter relevante, entendiendo por tal que hubiese sido cargo o representante de Batasuna como concejal, alcalde o juntero.

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- Abogacía. Entre un 20% y un 30% en puestos preferentes.

La Abogacía del Estado presentó sus demandas contra 122 de las 245 candidaturas de ANV argumentando que en esas listas Batasuna había "fagocitado" a ANV para acceder a las instituciones, y añadía que la presentación de candidaturas "por un minúsculo partido legal cuyos objetivos no contradicen directamente los de Batasuna supone una ocasión idónea para fagocitar y hacer suya por parte del partido disuelto algunas de las candidaturas del pequeño partido". La Abogacía del Estado siguió el criterio de pedir la anulación de las candidaturas compuestas en al menos un 20% o un 30% de candidatos vinculados con Batasuna y el peso específico de esas personas en cada lista (el número que ocupan y su probabilidad de salir elegidos).

- Supremo. Proceso gestado por Batasuna. El Supremo sentenció: "Los datos objetivos expuestos revelan de forma inequívoca y manifiesta que el proceso de conformación de las candidaturas electorales de ANV que nos ocupan ha sido gestado y dirigido en todo momento por miembros relevantes de la extinta Batasuna como mecanismo de sucesión, una vez más, de los partidos políticos ilegalizados, esta vez haciendo uso de determinados elementos orgánicos de un partido legal".

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En el caso de Bildu, se trata de una coalición electoral en la que hay dos partidos que rechazan a ETA, que son legales y que se han presentado sin problemas a las últimas elecciones, e independientes sospechosos de su vinculación con la ilegalizada Batasuna.

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