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Los problemas de la principal cuenca andaluza

El Supremo añade incertidumbre sobre la gestión del Guadalquivir

El tribunal apunta que el convenio de Junta y Gobierno puede ser impugnado

Manuel Planelles

Después del 5 de octubre viene la nada, un peligroso vacío para la gestión del Guadalquivir, el principal río de Andalucía y uno de los motores para la agricultura de la comunidad.

El Tribunal Supremo ha anulado el decreto de octubre de 2008 que permitió la transferencia de las competencias sobre la cuenca a la Junta de Andalucía. Y a las administraciones central y autónoma ya solo les queda un dique legal para garantizar la normalidad en la gestión del Guadalquivir: el convenio de 5 de abril de este año por el que el Gobierno central recuperó las competencias cedidas, pero encomendó la gestión de las políticas de aguas a la Junta.

Ese dique tiene caducidad: "seis meses, a contar desde la fecha de su firma", según se recoge en el convenio, donde también se indica que "en caso de extinción de la encomienda de gestión, la Administración del Estado se subrogará en los contratos suscritos y demás obligaciones asumidas con terceros para el ejercicio de las actividades encomendadas".

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El Gobierno y la Junta, que el lunes se reunen en Madrid, tienen hasta que finalice septiembre para encontrar una solución definitiva que devuelva la estabilidad a la cuenca, que también se extiende por las comunidades de Extremadura, Castilla-La Mancha y Murcia.

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Pero la incertidumbre sobre la gestión durante este plazo de seis meses puede crecer todavía más. Porque, según señala la sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del Supremo en su sentencia del pasado 13 de junio, el convenio por el que se cerró la encomienda es "susceptible a su vez de impugnación".El Supremo, que resolvió el lunes el recurso presentado por Castilla-La Mancha contra el decreto de transferencias de 2008, ha mantenido paralizado este proceso hasta hace unos meses. En concreto, no se reinició el recurso hasta finales de marzo. El Supremo esperó hasta que se hizo público el pronunciamiento del Tribunal Constitucional, que, a petición de Extremadura, declaró inconstitucional el artículo 51 del Estatuto Andaluz, el paraguas legal que se empleó para la transferencia de las competencias a la Junta hace dos años.

Además del Gobierno socialista de Castilla-La Mancha, Extremadura -otra comunidad que entonces también estaba en manos del PSOE- recurrió el decreto de traspaso. El Supremo, en otra sentencia fechada este martes 14 de junio, ha dado también la razón al Gobierno extremeño. Con lo que vuelve a anular el decreto de transferencia, según confirmaron ayer fuentes del Ministerio de Medio Ambiente.

El razonamiento empleado por la sección tercera -presidida por el magistrado Pedro José Yagüe Gil- es simple. Parte de la declaración de "inconstitucionalidad y nulidad" del artículo 51 del Estatuto que acordó el Tribunal Constitucional el 16 de marzo pasado. Ese artículo fue el que se empleó para sostener la cesión de las competencias sobre las aguas de la cuenca que transcurren por Andalucía a través del decreto de 2008. Con lo que, según el Supremo, ese decreto "no solo es que haya dejado de producir efectos al ser privado de la base material sobre la que operaba, que no era otra que el referido título de atribución de competencias, sino que debe ser declarado nulo".

La propia Abogacía del Estado, en las alegaciones presentadas ante el tribunal el 29 de abril, reconocía que, tras el fallo del Constitucional, "la declaración de inconstitucionalidad y consiguiente anulación del artículo 51 priva de soporte constitucional y anula el fundamento del traspaso de funciones y servicios".

"Era una sentencia prevista", reconoció ayer el consejero de Medio Ambiente andaluz, José Juan Díaz Trillo. El consejero insistió en que el fallo del Supremo no afecta a los actos jurídicos dictados durante los dos últimos años de competencias traspasadas. Esta es una de las preocupaciones que están en la cabeza de las administraciones central y autónoma. Algunas asociaciones agrarias, como el caso de la UPA, sostienen que tras las sentencias del Constitucional y el Supremo sí están en duda algunas de las resoluciones dictadas por la Junta. En concreto, los actos negativos como, por ejemplo, las denegaciones de concesiones de aguas para el regadío. Según UPA, tendrán que ser ahora los tribunales ordinarios los que decidan sobre estos litigios.

Pero en lo que tienen puesta ahora toda la atención las dos administraciones es en buscar una solución definitiva antes de que acabe septiembre y se extinga el convenio de encomienda. Díaz Trillo reconoció ayer que hay que buscar una "solución rápida". El lunes se reúnen los equipos de la Junta y el Gobierno en Madrid para abordar este asunto. Sobre la mesa está la posibilidad de recurrir a un real decreto o a una ley orgánica, algo que llevaría mucho más tiempo. También se baraja la posibilidad crear una agencia estatal intercomunitaria que sustituya a las antiguas confederaciones.

Esa es la propuesta que ha presentado Agustín Rodríguez, secretario regional de UPA, al Ministerio de Medio Ambiente y a la consejería andaluza. Esta salida se parece a la que propuso la Comisión Permanente del PSOE federal en septiembre de 2010, cuando reclamó la creación de "un ente gestor global dependiente de la Administración General del Estado que coordinará todas y cada una de las demarcaciones hidrográficas y sus interdependencias".

Cronología

- Enero de 2005

Con el traspaso de las competencias a la Junta de la Cuenca Mediterránea Andaluza (Cádiz, Granada, Málaga y Almería) se crea la Agencia Andaluza del Agua, encargada de gestionar las políticas hidráulicas en la comunidad.

- Enero de 2006

Se produce el segundo traspaso, el de la Cuenca Atlántica Andaluza (Cádiz y Huelva).

- Febrero de 2007

Se aprueba en referéndum el nuevo Estatuto de Autonomía de Andalucía. En el artículo 51 se señala que Andalucía "ostenta competencias exclusivas sobre las aguas de la Cuenca del Guadalquivir que transcurren por su territorio y no afectan a otra Comunidad Autónoma, sin perjuicio de la planificación general del ciclo hidrológico, de las normas básicas sobre protección del medio ambiente, de las obras públicas hidráulicas de interés general y de lo previsto en el artículo 149.1.22 de la Constitución".

- Junio de 2007

La Junta de Extremadura presenta el recurso de inconstitucionalidad contra el nuevo Estatuto de Andalucía, al considerar que la norma andaluza era contraria a la Constitución, donde se reconoce que las competencias son exclusivas del Estado para las aguas de los ríos que discurren por más de una comunidad.

- Septiembre de 2008

Se firma el acuerdo de traspaso de las competencias del Guadalquivir. Esa transferencia entra en vigor en enero de 2009. Extremadura y Castilla-La Mancha, ambas en manos del PSOE entonces, recurren el decreto de traspaso ante el Tribunal Supremo, que paraliza la causa a la espera del Constitucional.

- Marzo de 2011

El Tribunal Constitucional declara inconstitucional el artículo 51 del Estatuto andaluz que permitió la transferencia de competencias.

- Junio de 2011 El Tribunal Supremo, en dos sentencias de los días 13 y 14, anula también el decreto de transferencia de 2008 como habían reclamado Extremadura y Castilla-La Mancha.

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Sobre la firma

Manuel Planelles
Periodista especializado en información sobre cambio climático, medio ambiente y energía. Ha cubierto las negociaciones climáticas más importantes de los últimos años. Antes trabajó en la redacción de Andalucía de EL PAÍS y ejerció como corresponsal en Córdoba. Ha colaborado en otros medios como la Cadena Ser y 20 minutos.

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