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El Supremo da un paso para derribar El Algarrobico

El tribunal confirma que el hotel se construyó en suelo no urbanizable

Uno de los entramados jurídicos que conforman la maraña del caso de El Algarrobico, el hotel construido en la playa del mismo nombre, en el municipio de Carboneras y dentro de los límites del Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería), ha quedado resuelto. El Tribunal Supremo ha confirmado que el edificio de 20 plantas se comenzó a construir en 2003 en suelo calificado como no urbanizable por la norma urbanística de rango superior vigente, el Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) de ese Parque Natural de 1994.

Esta conclusión se extrae del auto que ayer dio a conocer el Alto Tribunal en el que confirma la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de noviembre de 2008 sobre la suspensión cautelar del PORN de ese mismo año, dejando solo válido el plan anterior, el de 1994, que sí concedía el máximo grado de protección al suelo sobre el que ahora se encuentra el hotel en El Algarrobico.

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El cambio del nivel de protección entre un plan -el de 1994- y otro -el de 2008- ha sido la clave en este proceso. Greenpeace recurrió el plan de 2008 al observar que la Junta había introducido conceptos que, según su lectura, podían tender a legalizar el hotel de El Algarrobico. Sobre todo, porque se había incluido en una zona diferente -C3- a la que antes pertenecía, y en la que su grado de protección sería más vulnerable. Así también lo entendió el alto Tribunal andaluz.

El TSJA, en la sentencia que ahora avala el Supremo y contra la que no cabe recurso, expone que en la normativa de 2008 la Junta de Andalucía califica la zona como "área degradada" (igual que en 1994) y estaba excluida de actividad de turismo rural y orientada a su regeneración, pero "la técnica normativa utilizada es defectuosa, pudiendo llevar a problemas interpretativos sobre las específicas actividades permitidas en la zona en cuestión". Aunque lo denomine "área degradada", dice el TSJA, "lo incluye en la zona C3, donde son compatibles nuevas edificaciones y rehabilitación de las existentes, lo que podría implicar la terminación de la infraestructura hotelera cuestionada". Actualmente, el hotel se encuentra en un 90% de su construcción. Las obras quedaron paralizadas de manera cautelar en 2006 ante una posible vulneración de la Ley de Costas.

La suspensión cautelar del PORN de 2008 fue recurrida por la Junta de Andalucía al considerar que es "jurídicamente imposible ir contra el interés general implícito en una norma de ese carácter" y que el PORN atendía "con mayor eficacia" la situación actual.

Sin embargo, el TSJA y el TS exponen en uno de los fundamentos de hecho que llevan a ratificar la suspensión de la norma dictada por el Gobierno andaluz que "es precisamente el interés público en proteger el medio físico el que aconseja la suspensión acordada" y que El Algarrobico "queda mejor amparado mediante las determinaciones del PORN de 1994".

Protesta de Greenpeace en el hotel El Algarrobico, el pasado septiembre.
Protesta de Greenpeace en el hotel El Algarrobico, el pasado septiembre.PEDRO ARMESTRE (EFE)

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