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El fin de la violencia etarra

El Supremo ordena rehacer la sentencia que condenó a 15 jóvenes de Segi

El Tribunal Supremo ha anulado, por falta de motivación, una sentencia de la Audiencia Nacional que condenó a 15 integrantes de la organización juvenil Segi a seis años de prisión por delito de integración en organización terrorista. El Supremo ordena en el fallo retrotraer las actuaciones al momento de dictar una nueva sentencia que "subsane la falta de motivación". Se trata de la primera resolución del alto tribunal que se conoce respecto al entorno de ETA, tras el comunicado por el que la organización terrorista anunció el pasado jueves el "cese definitivo" de su actividad armada.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Carlos Granados, afirma que la Audiencia "discriminó de forma indebida" la prueba de descargo ofrecida por las defensas de los condenados, lo que constituye una violación del derecho a la tutela judicial efectiva.

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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional condenó a los 15 jóvenes a penas de seis años de cárcel como miembros de la organización ilegal Segi -considerada la cantera de ETA- a los que atribuyó una multitud de ataques y atentados de kale borroka en la zona de San Sebastián desde el año 2005.

Pruebas de descargo

Ahora, el Supremo ha estimado las alegaciones de los recurrentes en el sentido de que la sentencia de la Audiencia "carece de valoración de las pruebas pericial, testifical y documental de descargo practicadas en el juicio oral", lo que conduce a declarar su nulidad.

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La sentencia recuerda que la jurisprudencia del propio Tribunal Supremo y del Constitucional proclama que el deber de motivar las sentencias se extiende "tanto a la prueba de cargo presentada por la acusación como a la de descargo ofrecida por la defensa". Y en el juicio se practicaron varias pruebas de descargo sobre las que "no aparece referencia alguna".

En consecuencia, la Sala anula la sentencia y la devuelve a la Audiencia Nacional "para que dicte una nueva con arreglo a derecho".

Los condenados por la Audiencia fueron Ekaitz de Ibero Arteaga, Peio Lamarca Esquisabel, Mikel Arretxe Saldibe, Unai Pérez Quintans, Egoi Alberdi Casanova, Oier Lorente Azpiazu, Adur Fernández Arratibel , Aitor Olaizola Urien, Asier Marizcurrena Ramada, Imanol Alder Vicente, Nahikari Otaegi Tena, Urko Picaza Ataun, Beñat Apalategui Mora, Igor Álvarez Zubeldia y Ekaitz Ezquerra Laspeñas.

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