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La Audiencia confirma que De Juana Chaos cometió delitos de pertenencia a ETA y amenazas

Aunque el auto no tiene efecto, puede ser importante para el recurso de la Fiscalía contra la puesta en libertad del etarra

La Audiencia Nacional ha confirmado hoy que el etarra José Ignacio de Juana Chaos cometió un delito de pertenencia a banda armada y otro de amenazas al publicar dos artículos en el diario Gara en diciembre pasado en los que amenazaba a personas y hacía "alarde y exaltación" de su integración en la banda. El auto de la Sala Tercera de la Audiencia emitido hoy no tendrá efecto sobre el etarra, que cumple condena por 25 asesinatos, ya que el juez que lleva el caso ha decidido cerrarlo y ponerle en libertad, aunque podría ser importante para el recurso de la Fiscalía contra esa decisión.

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El caso de De Juana Chaos estalló el pasado mes de enero, cuando se supo que saldría en libertad en pocos meses dado que había cumplido su condena. En realidad, aunque estaba condenado a más de 3.000 años, fue juzgado por el código penal de 1973, por lo que el límite máximo de estancia en prisión era de 30 años y, debido a beneficios penitenciarios, ese límite se fue rebajando hasta los 18. Así, su libertad era inminente.

Para impedirlo, se puso en marcha la maquinaria judicial y la Audiencia solicitó prisión para él por los delitos de pertenencia a banda armada y amenazas que habría cometido al publicar en Gara dos artículos, titulados El escudo y Gallizo, en los que amenazaba a personas y hacía exaltación de su pertenencia a la banda. Se decretó prisión preventiva a la espera de certificar si esos hechos eran delito. La Audiencia certifica hoy que sí lo son y estima justificada su imputación por esos delitos.

La Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia entiende que De Juana Chaos hizo "alarde y exaltación" de su pertenencia a ETA en los artículos, que tenían un contenido claramente "amenazante". Aprecia la Sala indicios de que cometió un nuevo delito de pertenencia a ETA y otro de amenazas terroristas a través de los artículos ya que, "la simple inclusión de determinados nombres en los artículos que publica el recurrente" en el diario Gara, "muy próximo al entorno abertzale", suponen "una seria amenaza que desde luego no puede tomarse a la ligera". La pertenencia está castigada con penas de seis a doce años de prisión y las amenazas con entre diez y quince años de cárcel, lo que implica un riesgo de fuga, que se conjugaría con el ingreso en prisión del etarra decretado en enero.

La resolución notificada hoy, que cuenta con el voto particular del magistrado Ricardo Rodríguez, que comparte el fondo pero no la forma, ha perdido su sentido, ya que el lunes se supo que el actual titular del Juzgado Central de Instrucción número 1, Santiago Pedraz, concluyó la causa sin procesar a De Juana y, por tanto, decretó su puesta en libertad en estas diligencias. No obstante, puede ser importante de cara a lo que decida la Sala de lo Penal cuando revise el recurso de la Fiscalía contra la decisión de Pedraz.

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