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Garzón rechaza imputar a Otegi por sus declaraciones tras el atentado de la T-4

Las asociaciones de víctimas del terrorismo consideran que el líder de Batasuna incurrió en un delito de desobediencia

El juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón ha rechazado citar al líder de la ilegalizada Batasuna, Arnaldo Otegi, como imputado por las declaraciones que realizó el pasado día 30 de diciembre, tras el atentado de ETA en el aeropuerto de Barajas. Garzón ha estimado que las intervenciones Otegi han sido en nombre de la izquierda abertzale y no está demostrado que este movimiento “está en manos de ETA”.

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Auto de Garzón en el que rechaza imputar a Otegi

Así lo ha acordado Garzón en un auto notificado poco después de que esta mañana el fiscal de la Audiencia Nacional Carlos Bautista le pidiera rechazar las peticiones de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y Dignidad y Justicia que solicitaron que el magistrado citase a Otegi y otros 11 dirigentes de Batasuna por sus intervenciones en ruedas de prensa y otros actos tras el atentado de ETA en la T-4 de Barajas, el pasado 30 de diciembre.

Para el juez, “criminalizar las acciones de la izquierda abertzale por el solo hecho de afirmar que son Batasuna y ETA es una reducción simplista, no ajustada a la realidad y, en todo caso, sin justificación probatoria en esta causa, y contradice abiertamente el artículo 24.2 de la Constitución, que recoge, entre otros, el derecho a la presunción de incocencia.

"No se puede presumir, como se está haciendo por la acusación popular, al pedir la imputación del señor Otegi, que la actividad de la izquierda abertzale es delictiva por el sólo hecho de afirmarlo, y que se halla integrada en la organización terrorista ETA, y que ésta, por el simple hecho de comprender en su órbita a Batasuna, también lo hace ahora con la izquierda abertzale", subraya.

El juez advierte de que "sólo si se aportaran pruebas que evidenciaran la integración (de la izquierda abertzale) en la estructura terrorista” se podría adoptar una decisión “en sentido restrictivo” y “siempre que la relación de causalidad quedara demostrada”. Además, Garzón entiende que las personas procesadas en el sumario en el que investiga a Batasuna y en el que se decretó la suspensión de sus actividades públicas, podrán participar en aquellos actos que consideren oportunos, siempre que el acto “no haya sido convocado directa e indirectamente” por la formación ilegalizada.

No obstante, Garzón admite, tal y como le señaló el fiscal en uno de sus informes, que Otegi y los otros 11 dirigentes de Batasuna en las intervenciones denunciadas citan "varias veces a esta organización ilegal", lo que para el juez es una "aislada referencia" que "no puede marcar por sí misma una modificación de las medidas restrictivas de libertad".

El juez matiza que en este sumario "no se trata" de "controlar la actividad política de un grupo de personas a través de la suspensión reiterada de actos en los que puedan participar, en tanto resulten ajenos al contenido de la causa, sino de constatar si los actos, por sus características (...) son promovidos o auspiciados" por Batasuna, "al ser parte de ETA".

Aún así, acuerda comunicar a Otegi y a los otros 11 dirigentes de Batasuna a los que afecta esta resolución -entre los que destacan Pernando Barrena, Joseba Permach y Jone Goirizelaia- que "cualquier comparecencia" que realicen en nombre de la formación ilegalizada puede constituir desobediencia grave a la autoridad judicial y les requiere para que "se abstengan de hacerlo" bajo apercibimiento.

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