El Supremo le da la razón a Núñez y Navarro en uno de los recursos sobre el PAU de Torre Negra
El Ayuntamiento de Sant Cugat había recurrido una sentencia del TSJC que le obligaba a aprobar el plan de la inmobiliaria
El Tribunal Supremo desestimó un recurso de casación del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès contra la obligación impuesta por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de aprobar inicialmente el Programa de Actuación Urbanística (PAU) que el grupo inmobiliario Núñez y Navarro quiere ejecutar en el sector de Torre Negra.
El consistorio ya aprobó por imperativo legal y por segunda vez el PAU de Núñez y Navarro, aunque en el recurso que presentó ante el Tribunal Supremo alegaba que la sentencia que le obligaba a aprobarlo inicialmente dejaba poco tiempo para la emisión de los informes pertinentes por parte de los técnicos del Ayuntamiento.
La sentencia del Tribunal Supremo considera que "no es cierto que el Ayuntamiento no haya tenido ocasión de solicitar informes antes de que la Sala ordenase la aprobación inicial del PAU", una aprobación que se produjo hace más de cuatro meses cuando el pleno municipal de Sant Cugat dio trámite inicialmente al proyecto de la promotora.
La aprobación inicial del programa urbanístico presentado por Núñez y Navarro en 2001 no implica la aceptación de la urbanización del sector de Torre Negra, tal como ha manifestado el consistorio en reiteradas ocasiones.
Nuñez y Navarro quiere construir 2.800 casas en 166 hectáreas que ahora se encuentran bajo la jurisdicción del Parque Natural de Collserola. La mitad son de Núñez, y la otra, de un grupo de pequeños propietarios.