Proceso Jurídico
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Índice
Fase Preliminar
Juicio de Culpabilidad
Juicio de Determinación de la Pena
Apelación directa
Revisión Post Convictum
Habeas Corpus Federal
Clemencia o Ejecución
LOS PASOS DE UN JUICIO CAPITAL
Fuente: Michigan State University & Death Penalty Information Center

En EEUU, los reos sometidos a un juicio capital atraviesan un largo proceso desde que son detenidos hasta recibir sentencia (sea ésta la ejecución, la clemencia u otro tipo condena). Estos son, con algunas variaciones por Estado, los pasos que se siguen:

Fase Preliminar

Arresto del sospechoso y presentación ante el tribunal, donde oirá los cargos que se le imputan y expondrá su alegato.

Vista previa. Se determina si hay suficientes pruebas contra el detenido y si el crimen puede implicar la pena de muerte. Si ésa es la conclusión, el caso suele pasar a un Gran Jurado.

Gran Jurado. Cuerpo formado por unas 23 personas que estudia el caso durante un mes, elabora la acusación formal y escrita, y la presenta a un tribunal para que inicie el juicio.

Fase preparatoria. Se celebran audiencias en las que se esclarecen algunas cuestiones relativas a los hechos cometidos y a las leyes que se aplicarán. En algún momento previo al juicio, la acusación (el entorno personal de la víctima o la fiscalía del Estado, o ambos) debe anunciar su intención de pedir la pena de muerte si el reo es hallado culpable.

Juicio de Culpabilidad

Selección del jurado. En un proceso capital, los jurados deben ser partidarios de la pena de muerte (lo que no quiere decir que se sientan conminados a aplicarla en el caso que les ocupa).

Exposiciones de apertura. En ellas, los abogados de cada parte presentan su visión de los hechos y las pruebas de que disponen. La carga de la prueba recae en la parte fiscal, es decir, el acusado será inocente mientras la acusación no consiga demostrar lo contrario.

Exposición final. Ambos abogados resumen el juicio y piden al jurado que aplique la ley en favor de su cliente. El juez, por su parte, guía al jurado sobre la ley que se aplica al caso.

Deliberación y veredicto. El jurado, después de reunirse en privado, hace pública su decisión: inocente o culpable.

Juicio de Determinación de la Pena

Si el reo ha sido hallado culpable, se procede al análisis de las circunstancias agravantes y atenuantes.

Declaraciones de daños a la víctima. Testimonios de testigos e implicados que sirvan para evaluar el impacto financiero, físico y psicológico del crimen en la víctima y en su familia.

Recomendación de sentencia del jurado. En un juicio capital, el jurado elige sólo entre pena de muerte o una condena inmediatamente menor, como cadena perpetua, sin posibilidad de conmutación de la pena.

Sentencia del juez, que dicta formalmente la pena. A partir de este punto, la carga de la prueba recae en el reo, que será culpable mientras no demuestre lo contrario. Tendrá que probar que hubo fallos en el juicio (apelación directa), poner en duda la actuación de los fiscales o el jurado (revisión post convictum) o solicitar el habeas corpus.

Apelación directa

Los plazos para la apelación directa son cortos (unas tres semanas) y las normas que deben respetarse muy complejas; a pesar de ello, la Constitución no exige que en esta fase se facilite un abogado al acusado.

La parte disconforme con la sentencia solicita que el tribunal la anule y convoque otro juicio, alegando irregularidades en el primero o el hallazgo de nuevas pruebas. Como la petición se suele denegar, el siguiente paso es apelar a una entidad jurídica superior. En último caso se acude al Tribunal Supremo, que atiende sólo el 1% de estos casos.

Revisión Post Convictum

El acusado puede elevar al Tribunal del Estado que le juzga quejas sobre algunos puntos no reflejados en la apelación, como la existencia de intereses personales entre los miembros del jurado o la parcialidad del fiscal. En muchos casos, la queja va a parar al mismo magistrado que presidió el juicio.

La decisión anterior puede ser apelada ante el Tribunal Superior del Estado, que en algunos casos realiza una “revisión de proporcionalidad”, comprobando que no existen disparidades con relación a otras sentencias dictadas para el mismo tipo de caso. Finalmente, se acude al Tribunal Supremo de los EEUU como última posibilidad de que se revise la decisión tomada.

Habeas corpus Federal

En algún momento del proceso, la defensa puede solicitar que el acusado comparezca de nuevo ante el juez para exponer sus alegaciones contra las causas de la detención o las condiciones en que ésta se produjo. Se trata de una petición muy restringida cuyo objetivo último es determinar si los pasos que se siguieron fueron conformes a la ley y si se respetaron los derechos básicos del reo.

Primero se celebra ante el juez federal una vista similar a un juicio en la que se presentan las pruebas que puedan ayudar a tomar una decisión con respecto al habeas corpus. La conclusión (validez del proceso seguido o anulación) puede ser recurrida ante Tribunal Federal de Apelaciones, formado por tres jueces. A su vez, esta última decisión puede ser recurrida de nuevo ante el Tribunal Supremo, última parada.

Clemencia o Ejecución

Un panel de expertos autorizados asiste al gobernador a la hora de decidir si habrá clemencia o no (a veces es el panel, y no el gobernador, quien tiene la última palabra). La clemencia, que puede llegar hasta el último momento, suele significar la conmutación de la pena de muerte por la cadena perpetua.

Si se decide la ejecución, el gobernador fija la fecha en una sentencia de muerte que debe firmar de su puño y letra. El acusado es conducido al corredor de la muerte, para ser trasladado poco tiempo antes de la ejecución a una celda más cercana a la cámara donde morirá. Se le vigila las 24 horas del día para que no se suicide. Y después se le ejecuta.

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