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Dos niñas que siguen sin reparación moral

Una sentencia emitida en 2005 contra República Dominicana por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, sigue sin pleno cumplimiento

El 8 de septiembre de 2005, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, perteneciente a la Organización de Estados Americanos (OEA), emitió una sentencia contra República Dominicana en la que dispuso una serie de sanciones contra el Estado. El objetivo del dictamen era reparar los daños causados a dos niñas de origen haitiano nacidas en la República Dominicana, Dilcia Yean y Violeta Bosico, y a sus familiares, por el tiempo que las menores carecieron de un acta de nacimiento que reconociera su nacionalidad y sus derechos. Un año después de vencido el plazo dado por la Corte para el cumplimiento de algunas de las sanciones, no hay constancia oficial de que se haya acatado.

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Los hechos que dieron lugar a la sentencia se remontan a 1998. El 28 de octubre de ese año, las niñas Dilcia Yean y Violeta Bosico presentaron una denuncia, a través de sus representantes, ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, fundada en la negativa de las autoridades dominicanas a concederles un acta de nacimiento que les confiriera nacionalidad y nombre. Por falta de dicho documento, las niñas no podían acudir a la escuela.

Se inició un proceso de contactos y de búsqueda de soluciones para el caso con el fin de evitar llegar a los tribunales. Así, el 1 de octubre de 2001 el Estado dominicano informó de que, "acogiéndose a la solución amistosa propuesta [por la Comisión], había resuelto otorgar las actas de nacimiento a las niñas". Las actas, una copia de las cuales recibió la Comisión Interamericana, habían sido emitidas el 25 de septiembre de ese año y las niñas ya tenían nacionalidad dominicana. Sin embargo, las demandantes no se sintieron satisfechas y siguieron con el proceso de solicitar reparaciones por los daños que la falta del documento había causado a las menores. Así las cosas, el 11 de julio de 2003 la Comisión sometió ante la Corte Interamericana una demanda contra República Dominicana. Alrededor de dos años y dos meses después de presentada la demanda, la Corte emitió una sentencia favorable a las demandantes.

Las sanciones dispuestas por la Corte Interamericana fueron diversas. Entre ellas, consta la obligación de publicar la sentencia en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional en un plazo de seis meses a partir de la notificación. También, la realización "de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional y de petición de disculpas a las víctimas en un plazo de seis meses (…), con difusión en los medios de comunicación".

Además, la adopción de medidas legales, administrativas "y de cualquier otra índole que sean necesarias para regular el procedimiento y los requisitos" para adquirir la nacionalidad dominicana mediante la declaración tardía de nacimiento. Y, por último, el pago de 8.000 dólares a cada niña en concepto de indemnización, y de otros 6.000 dólares a sus familiares para pagar a sus representantes "las costas y gastos generados" por el proceso. No hubo referencia a otorgar la nacionalidad, puesto que ya ambas niñas la habían obtenido.

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El caso data del primer Gobierno de Leonel Fernández. La sentencia definitiva, durante el segundo mandato de Fernández, tras un lapso de cuatro años (2000-2004) en el que gobernó Hipólito Mejía. Hasta ahora, no hay constancia oficial de que el dictamen de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José (Costa Rica), haya sido cumplido, aunque los plazos ya han vencido. Fuentes de prensa de la Cancillería dominicana dicen que no tienen información que ofrecer sobre el tema. Con la condición del anonimato, una fuente de la institución dominicana dice que el pago de las indemnizaciones ya se ha hecho. "Del resto no le puedo decir nada porque hay partes que se nos escapan, que corresponden a otras dependencias. Pero sí se está trabajando en el cumplimiento de la sentencia".

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