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TRIBUNALES

El juez desestima la demanda de la profesora de Religión apartada por su matrimonio civil

El titular del Juzgado de lo Social de Almería estima que no hubo despido, sino terminación de contrato, aunque admite que la causa de la no renovación fue el casamiento

El titular del Juzgado de lo Social número 3 de Almería, Juan Carlos Aparicio, ha desestimado la demanda contra el Obispado de Almería presentada por Resurrección Galera, la profesora de Religión a la que no se le renovó el contrato, tras contraer matrimonio en ceremonia civil con un divorciado.

Según sentencia, el magistrado considera que "es cierto y probado" que "la razón fundamental" de que el Obispado no la propusiera para impartir clases de Religión y Moral Católica al Ministerio de Educación es que habían "perdido la confianza en ella porque se había apartado de la doctrina de la Iglesia Católica por haber contraído matrimonio civil".

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Pero el juez determina la desestimación de la demanda "al no haber existido despido alguno, sino una terminación del contrato suscrito".

La profesora intentó demostrar durante la vista que su exclusión para impartir clases en el presente curso debía considerarse un despido nulo pues se llevó a cabo mediante la vulneración de sus derechos fundamentales, como el principio de igualdad y el derecho a la intimidad, a causa de su matrimonio civil.

El abogado de Galera, Francisco Escobar, fundamentó su petición en una sentencia del Tribunal Constitucional en la que se consideró despido nulo la no renovación del contrato a una trabajadora embarazada.

A ese respecto el magistrado afirma en su auto que dicha sentencia del Tribunal Constitucional "no es aplicable al supuesto que nos ocupa" porque la renovación del contrato a los profesores de Religión se rige por convenios internacionales ajenos al Estatuto de los Trabajadores.

Tras conocer la sentencia, el esposo de la profesora, Johanes Romes, ha anunciado su intención de acudir mañana al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía para recurrir dicha sentencia y ha afirmado que el hecho de que el magistrado haya reconocido que el contrato no se renovó a causa del matrimonio constituye una importante base jurídica para que el proceso continúe.

Resurrección Galera había ejercido como profesora de Religión y Moral Católica desde 1994 hasta que terminó su último contrato el pasado verano, tras contraer matrimonio civil con un divorciado el 1 de agosto de 2000. Por causa de su matrimonio, su contrato no fue renovado, impidiéndole impartir las clases de Religión en el presente curso.

SANTI BURGOS

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