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EL DERECHO A MORIR DIGNAMENTE

El Congreso aprueba una iniciativa que refuerza los derechos del paciente

Recoge el derecho al enfermo a impedir que se prolongue artificialmente su vida

La Comisión de Sanidad del Congreso ha dado luz verde, con el previsible respaldo unánime de todos los grupos, a la Proposición de Ley sobre los derechos de información concernientes a la salud y a la autonomía del paciente y la documentación clínica. Según el informe del proyecto, la ley es de carácter básico y entre otros aspectos otorga al paciente el derecho a negarse a recibir el tratamiento indicado y a evitar que prolongue su vida de forma artificial cuando se encuentre en situación terminal.

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Esta iniciativa, que se basa en una ley aprobada por el Parlamento catalán hace año y medio y que ha sido negociada por todos los grupos para lograr un mayor consenso, parte de un texto que proviene del Senado y reforzará la autonomía del paciente en su derecho a decidir sobre cuestiones que afectan a su salud.

No obstante, es extremadamente rigurosa a la hora de cerrar puertas a la eutanasia. Así, la negativa al tratamiento debe constar por escrito y se debe atener a los casos contemplados por la ley, la ética y la práctica médica.

Además, en caso de no aceptar la aplicación del tratamiento, el médico propondrá al paciente la firma del alta voluntaria y de no aceptarla, la dirección del centro podrá disponer su alta forzosa.

El derecho a la información

Esta norma también refuerza el derecho del ciudadano a recibir todo tipo de información sobre su salud, pero también tendrá derecho a no recibirla. A partir de ahí, se deberá respetar su decisión y toda actuación requerirá su consentimiento, que será verbal salvo en procedimientos que supongan riesgos, que requerirán el visto bueno por escrito.

Otra de las novedades de esta ley es el derecho a expresar la voluntad anticipada o instrucciones previas por parte de una persona "mayor de edad, capaz y libre", para que se complan sus deseos en el momento en el que llegue a situaciones en cuyas circunstancias no sea capaz de expresarlos. Se trata del llamado testamento vital, que en la nueva norma recibe el nombre de Instrucciones Previas.

Estas instrucciones versan sobre el tratamiento o, una vez llegado el fallecimiento, sobre el destino de su cuerpo o de los órganos y existirá un registro estatal para garantizar su efectividad.

Por último, el informe desarrolla el derecho a la confidencialidad de la historia clínica de cara a proyectos como la tarjeta sanitaria. Además, el Ministerio de Sanidad, en coordinación con las comunidades, creará un sistema que posibilite el uso de las historias clínicas en distintos centros para evitar dobles exploraciones y procedimientos.

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