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Una juez de Barcelona tramita como atentado la agresión de dos padres a unos profesores

Los progenitores golpearon y amenazaron de muerte a la directora, un docente y un conserje de un colegio catalán.- Hasta hace poco, estas acciones se consideraban una falta

El fiscal general del Estado apostó hace unos días por tramitar como atentado -un delito que conlleva penas de cárcel- las agresiones graves a maestros y médicos. Respaldaba así la propuesta de la Fiscalía Superior de Justicia de Cataluña, que instruyó a los fiscales de esa comunidad para que lo hicieran así. Hoy, una juez de Barcelona ha procedido de esta manera contra los padres de un alumno que agredieron y amenazaron a dos profesores y a un conserje. Andalucía fue la primera comunidad en tramitar así un caso.

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La titular del juzgado de instrucción número 33 de la capital catalana ha atendido así la petición de la fiscalía y de la acusación particular (ejercida por la Generalitat de Cataluña) de que el caso no se tramitara como falta sino como atentado. Los procesados se enfrentan a una posible pena de entre uno y tres años de prisión por esta agresión, que tuvo lugar en el colegio Eduard Marquina de esa ciudad.

La juez había suspendido el juicio el pasado martes para estudiar la petición de la fiscalía; los procesados están acusados de agredir y amenazar de muerte a la directora, la jefa de estudios y a un conserje del centro educativo tras entablar una discusión con ellos. Los padres exigían que a su hijo, que cursa educación infantil, le permitieran entrar una hora antes del horario establecido.

Los artículos 550 y 551 del Código Penal, que recogen el delito de atentado, castigan con penas de prisión de entre uno y tres años a "los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas". Si el atentado se considera que es contra una autoridad, las penas previstas son de entre dos y cuatro años de cárcel.

Conde-Pumpido precisó en su momento que la aplicación de este artículo, tal y como está redactado, a maestros y médicos, comporta dificultades técnico-jurídicas, por lo que insistió en que se trata de una posibilidad legal que debe utilizarse sólo en los casos en los que se den situaciones de gravedad.

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