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Reportaje:

Aitor González, otro ganador de Vuelta suspendido

Sancionado con dos años el ciclista del Euskaltel por dos positivos por anabolizantes

Carlos Arribas

El Tribunal Arbitral del Deporte (TAS) hizo pública ayer una sentencia con la que aceptaba la petición de la Unión Ciclista Internacional (UCI) de una sanción de dos años a Aitor González, positivo por el anabolizante metiltestosterona en dos controles en septiembre de 2005.

El ciclista del Euskaltel, ganador de la Vuelta de 2002, se convirtió, así, en el segundo triunfador de la ronda española en el siglo XXI sancionado por dopaje. A comienzos de este año, Roberto Heras, ganador de la Vuelta de 2005, fue sancionado con dos años de suspensión y desposeído de su victoria por un positivo con EPO.

La sanción a Aitor González, suspendido hasta el 15 de septiembre de 2007, tiene, en todo caso, carácter de póstuma. El corredor, cuyo último y extraordinario triunfo fue la Vuelta a Suiza de 2005, anunció hace pocos días que colgaba la bicicleta.

Es una sanción 'póstuma': el ciclista no ha corrido en 2006 y ha anunciado su retirada

Aunque podía haber seguido compitiendo con total libertad, ya que en mayo pasado la federación española consideró que la presunción de inocencia jugaba a su favor y que no había motivos para suspenderlo dos años, Aitor González no había vuelto a montar en bicicleta desde que se retiró de la Vuelta a España de 2005, mediada la etapa de Ávila el 15 de septiembre, el mismo día que el laboratorio de Madrid detectó el metabolito de metiltestosterona en la orina procedente de dos controles diferentes, uno llevado a cabo fuera de competición, el 26 de agosto, y otro efectuado al terminar la etapa de Ampuero de la Vuelta, el 9 de septiembre. El mismo día de su retirada, curiosamente, Aitor González había llegado a un acuerdo verbal de renovación por un año más de su contrato con el Euskaltel-Euskadi. El pacto verbal nunca se plasmó en papel debido al positivo.

La federación española aceptó en mayo como prueba de la inocencia de Aitor González la disculpa del corredor, esto es, que la metiltestosterona había llegado a su organismo al ingerir unas pastillas de un suplemento nutricional llamado Animal Pak que resultó estar contaminado como tantos otros suplementos tomados de buena fe.

Las pastillas, declaró, se las había recetado, junto a otros medicamentos como L-Glutamina, Potenciator 5G, BO-K Aspártico y el protector hepático Legalon 150, el médico madrileño Ángel Durántez, quien no era su médico habitual pero que sabía de su condición de deportista de élite, y las había comprado en una tienda de bodybuilding. Y que las pastillas del tremendamente llamado Animal Pak estaban contaminadas con un anabolizante prohibido lo comprobó el comité de competición de la federación española enviando un envase de dicho producto, proporcionado por el propio corredor, al laboratorio de química de la Universidad de Extremadura regentado por Juan Ignacio Maynar, hermano del médico deportivo Marcos Maynar, el mismo laboratorio que demostró en vano que el organismo del futbolista Carlos Gurpegui fabricaba nandrolona. Su informe fue inequívoco: la pastilla que analizaron era de metiltestosterona, no había duda.

La misma impepinable falta de dudas movió a la UCI a apelar inmediatamente la absolución dictada por la española ante el TAS. Y en su sede, en Lausana, los tres árbitros que han decidido sobre la reclamación tampoco han dudado. Si en la legislación deportiva española aún está en los tiempos en los que corresponde a la acusación demostrar la culpa de un deportista pese a que este haya resultado positivo en un análisis, en el Código Mundial Antidopaje el principio que vale, y el principio en que se han basado todos los arbitrajes, es el de la responsabilidad objetiva: sobre el deportista positivo, culpable a menos que pueda demostrar lo culpable, recae la carga de la prueba, y no la UCI quien deba probar que el ciclista tenía intención de doparse. Y, eso dicen en su laudo los del TAS, Aitor González no ha podido demostrar que ha actuado con la máxima prudencia y diligencia para evitar tomar un suplemento contaminado. "González, ciclista profesional de 31 años", señala la sentencia, "no podía ignorar los peligros ligados a tal consumo. Haciéndose con un producto que (i) no le había sido prescrito por su médico habitual, (ii) cuya denominación, Animal Pak, es, cuando menos, inquietante, si no reveladora, (iii) en un fitness center, González no ha actuado conforme a su deber de vigilancia".

Aitor González, durante el prólogo de la Vuelta 2005.
Aitor González, durante el prólogo de la Vuelta 2005.EFE

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Sobre la firma

Carlos Arribas
Periodista de EL PAÍS desde 1990. Cubre regularmente los Juegos Olímpicos, las principales competiciones de ciclismo y atletismo y las noticias de dopaje.

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