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La Audiencia reabre la Operación Puerto

El juez ordena un juicio oral por considerar que existen indicios de un delito contra la salud pública

Habrá juicio por la Operación Puerto. Dos años y siete meses después de que la Guardia Civil desmantelara en Madrid una trama de dopaje que servía a decenas de deportistas de todo el mundo, en su mayoría ciclistas, y cuatro meses después de que el juez instructor ordenara el archivo de la causa, la Audiencia Provincial de Madrid ha estimado los diferentes recursos y, en un auto fechado el 12 de enero, ha ordenado "la preparación del juicio oral" a los imputados, pues, entiende, "existen indicios de la comisión de un delito contra la salud pública del artículo 361 del Código Penal".

Ocho personas han declarado como imputadas durante la instrucción del sumario: los médicos Eufemiano y Yolanda Fuentes y Alfredo Córdova, el hematólogo José Luis Merino Batres, los directores deportivos Manolo Saiz, Ignacio Labarta y Vicente Belda y el auxiliar Alberto León. Ello no significa que todas ellas sean procesadas. El juez debe estudiar ahora los escritos de acusación de todas las partes y decidir. El delito está castigado con penas de seis meses a dos años de prisión.

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En el juicio oral, las partes podrán llamar a declarar como testigos a los ciclistas que figuraban en las listas elaboradas por la Guardia Civil. Ninguno de ellos, ni siquiera los que, como Ivan Basso o Jorg Jacksche, reconocieron haberse sometido a los tratamientos dopantes de Eufemiano Fuentes, puede ser acusado de ningún delito. Sin embargo, una vez que concluya el juicio y se cierre la parte penal de la Operación, las autoridades deportivas -la Federación Española de Ciclismo, la Unión Ciclista Internacional y la Agencia Mundial Antidopaje, parte civil en el procedimiento- podrán utilizar las pruebas, especialmente las bolsas de sangre y los documentos de programación de dopaje, para sancionar deportivamente a los implicados, aunque posiblemente, para entonces, la mayoría estén retirados. En este sentido, en su primera carta a Carlos Castaño, recién elegido presidente de la española, el presidente de la UCI, Pat McQuaid, le solicitaba mayor empeño que su antecesor en la aclaración total de la Operación Puerto.

Todo comenzó en la primavera de 2006 mientras Ivan Basso ganaba el Giro. El 23 de mayo, y tras varias semanas de vigilancia, seguimientos y escuchas, la Guardia Civil desencadenó la Operación Puerto, que se saldó con la detención en Madrid del médico deportivo Eufemiano Fuentes, del hematólogo José Luis Merino y de Manolo Saiz; en El Escorial, de Alberto León, un correo, y en Zaragoza, de Ignacio Labarta, así como con el desmantelamiento de la trama de dopaje organizada por Fuentes y Merino. En el registro de distintos apartamentos del barrio de Chamberí cercanos al laboratorio legal de hematología de Merino, la Guardia Civil halló numerosas sustancias dopantes, varios arcones frigoríficos con más de 200 bolsas de sangre y plasma, maquinaria para efectuar extracciones de sangre y numerosas hojas de documentación en las que se registraban programas de dopaje, agendas con citas para extracciones y reinfusiones y cuentas con las cantidades que adeudaban los deportistas por los tratamientos. Era la cueva de Alí-Babá del dopaje. Para la Guardia Civil, era la prueba de que se estaba cometiendo un delito contra la salud, la única acusación que se podía establecer contra los detenidos, pues, por entonces, el Parlamento español aún no había aprobado la ley que penaliza el dopaje.

Sin embargo, el juez Antonio Serrano, del 31 de Madrid, que instruyó el sumario, recabó informes y citó a declarar como testigos a algunos corredores, concluyó a los pocos meses, en marzo de 2007, que los hechos denunciados no eran constitutivos de infracción criminal en la fecha en que debieron de producirse y ordenó por primera vez el archivo de las actuaciones. La Audiencia Provincial atendió a los apelantes y le ordenó una reapertura parcial para que practicara nuevas pruebas, pero Serrano volvió a cerrarlo en septiembre de 2008. No podrá hacer lo mismo en esta ocasión, pues contra el último auto de la Audiencia no cabe recurso alguno.

Considera en este auto su redactor, el juez Arturo Beltrán, de la sección quinta, que, según dictamen del Instituto Nacional de Toxicología, "las autotransfusiones tienen una serie de riesgos sobre el paciente que se ven incrementados en este caso al no haberse cumplido los requisitos técnicos y condiciones mínimas para la obtención, preparación, conservación, distribución, suministro y utilización terapéutica de la sangre y sus componentes".

Según la Audiencia, había riesgo para la salud porque:

- No se hacían las extracciones ni las transfusiones en locales adecuados.

- No se transportaba la sangre en recipientes idóneos.

- No existía una identificación clara de los donantes.

- No existían garantías de mantenimiento de las temperaturas de conservación de la sangre, que se custodiaba en frigoríficos y arcones de pisos particulares.

- El procedimiento era clandestino e incontrolable por parte de las autoridades sanitarias.

Eufemiano Fuentes (a la izquierda) y Manolo Saiz.
Eufemiano Fuentes (a la izquierda) y Manolo Saiz.EFE / BERNARDO PÉREZ

Lo que dice la ley

- Texto del artículo 361 del Código Penal: Los que expendan o despachen medicamentos deteriorados o caducados, o que incumplan las exigencias técnicas relativas a su composición, estabilidad y eficacia, o sustituyan unos por otros, y con ello pongan en peligro la vida o la salud de las personas serán castigados con las penas de prisión de seis meses a 18 meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de seis meses a dos años.

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