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Guía para comprender el nuevo Impuesto de Sucesiones

El Gobierno catalán tiene previsto aprobar hoy esta reforma

¿Por qué no suprime el Gobierno catalán el impuesto?

El tripartito argumenta que es justo que quienes tengan más contribuyan en beneficio de los que tienen menos y que, además, es positivo que la gente reciba estímulos para esforzarse, en lugar de que le caiga gratis un legado que no necesariamente ha contribuido a generar. Aún así, reconoce que el impuesto, tal y como se ha aplicado hasta ahora, puede percibirse como injusto, debido a las diferencias sustanciales de tributación que hay según los tipos de bienes adquirido, o porque los herederos tienen dificultades para pagar el tributo hasta el punto de que éstas les obligan a vender parte de los bienes que heredan.

¿A partir de cuándo entra en vigor la reforma del impuesto?

La reforma es efectiva desde el pasado 1 de enero.

¿Quién se libra de pagar?

Con datos reales de las herencias en Cataluña en 2008, no hubiera pagado un 94% de los declarantes positivos. En el caso de los cónyuges, un 99% hubiera quedado exento, porcentaje que en el caso de los hijos y nietos mayores de 21 años hubiera sido del 97,5%.

¿Qué ocurre con las viviendas que se heredan?

La reforma del Gobierno en 2005 ya dejaba libres de tributar (existe una bonificación del 95%) las viviendas habituales de hasta 500.000 euros. Y así se mantiene. El resto de ventajas se suma a ella. Pero sí se introduce una mejora: para beneficiarse de esa bonificación del 95%, el heredero no puede venderse la vivienda habitual del difunto durante el transcurso de cinco años. Sin embargo, ahora, se permite al heredero vender esa vivienda si con el dinero lo que hace es invertirlo en comprar su propia primera vivienda.

¿Qué ocurre con las herencias que percibe el cónyuge del fallecido?

No tendrán que pagar el impuesto si la herencia es inferior a 500.000 euros. A partir de esa cifra, y hasta la de 750.000 euros (es decir, en el caso de los siguientes 150.000 euros por encima de los 500.000) se fija una deducción adicional del 50%. Pero sólo hasta ese tope de 150.000 adicional. Hasta ahora, el tope para quedar exento era sólo de 18.000 euros.

¿Qué ocurre con las herencias que perciben los hijos (mayores de 21 años) del fallecido?

No tendrán que pagar el impuesto si la herencia es inferior a 150.000 euros. A partir de esa cifra, y hasta la de 200.000 euros (es decir, en el caso de los siguientes 50.000 euros) se aplica una deducción del 50%. No es aplicable más allá de esos 50.000 euros extra. Hasta ahora, el tope para quedar exento era sólo de 18.000 euros.

Qué ocurre con las herencias que perciben el resto de descendientes del fallecido?

No tendrán que pagar el impuesto si la herencia es inferior a 150.000 euros. A partir de esa cifra, y hasta la de 200.000 euros (es decir, en el caso de los siguientes 50.000 euros) se aplica una deducción del 50%. No es aplicable más allá de esos 50.000 euros extra. Hasta ahora, el tope para quedar exento era sólo de 18.000 euros.

¿Qué ocurre con las herencias que perciben los ascendentes (padres, por ejemplo) del fallecido?

No tendrán que pagar el impuesto si la herencia no sobrepasa los 100.000 euros. Si es superior en una cuantía de hasta 25.000 euros más, se le aplica una reducción del 50%. Hasta ahora, el tope para quedar exento era sólo de 18.000 euros.

¿Qué ocurre con las herencias que perciben los colaterales (ascendentes o descendentes hasta el tercer grado y por afinidad)?

No tendrán que pagar el impuesto si la herencia no sobrepasa los 50.000 euros, sin más ventajas. Hasta ahora, el tope era de 9.000 euros.

Qué ocurre con las herencias que perciben personas mayores de 75 años?

Pues como gran novedad, en esos casos poco frecuentes, no pagarán nada si la herencia es inferior a 275.000 euros. Hasta ahora, no había ninguna ventaja.

¿Qué ocurre con los seguros de vida que se heredan?

A los beneficiarios de seguros de vida, se les incrementa el importe máximo de la reducción cuando lo perciban: pasa de 9.380 euros a 25.000 euros.

¿Tienen más ventajas fiscales las personas discapacitadas?

En el caso de discapacidades de hasta el 33%, se aumentan las reducciones de 245.000 a 275.000 euros. Si la discapacidad es superior al 65%, las reducciones subirán de 570.000 a 650.000 euros.

¿Cómo se beneficiarán los emprendedores?

Los jóvenes de hasta 35 años de edad que perciban una donación de hasta 125.000 euros (250.000 en el caso de personas con discapacidades) podrán deducirse un 95% del importe percibido, si usan el dinero para comprar o crear una empresa en un plazo de seis meses y la mantienen activa durante cinco años, con sede en Cataluña.

¿Hay mejoras fiscales que afecten a la actividad empresarial?

Hoy, los parientes del difunto que reciban una herencia o una donación de bienes afectos a la actividad empresarial, o participaciones accionariales en una compañía tienen una reducción del 95%. Ahora, esta ventaja fiscal se amplía no sólo a familiares políticos como yernos o cuñados, sino también a personas que, sin ser parientes del fallecido, tengan vínculos laborales o profesionales con la empresa. Los tienen que haber tenido, y los tienen que poder acreditar, durante 10 años. Vale, por ejemplo, para los gerentes de la empresa. La actividad empresarial debe mantenerse durante cinco años a partir de la donación o herencia. Si no, deben devolver el dinero de la reducción.

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