_
_
_
_
_

El PP se olvida del juez que dejó libre a Troitiño y carga contra Bermúdez

Trillo pide una sanción para el magistrado que agilizó la vuelta del etarra a prisión

Ni Alfonso Guevara, presidente de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional -la que puso en libertad a Antonio Troitiño el 13 de abril aplicando un criterio erróneo- ni los magistrados que lo acompañaron en la decisión, Guillermo Ruiz Polanco y María Ángeles Barreiro, tienen en opinión del PP ninguna responsabilidad en el sainete judicial que acabó en la fuga del etarra. El portavoz popular de Justicia, Federico Trillo, se olvidó ayer del tribunal que acordó la excarcelación y puso el ojo en el presidente de la Sala de lo Penal, Javier Gómez Bermúdez, que ha sido uno de los que más esfuerzos ha hecho en favor de la decisión de devolver a prisión a Troitiño, condenado por 22 asesinatos.

El juez, ponente de la sentencia del 11-M, descartó las teorías conspirativas del PP
Más información
"ETA diseñó la alianza electoral de partidos independentistas"
El PSOE exige a Rajoy que desautorice a Mayor Oreja por sus "calumnias"

En un comunicado hecho público ayer, Trillo exigió al Consejo General del Poder Judicial que investigue "las contradicciones internas de la Audiencia Nacional", aunque fuentes de su partido no confirmaron si su protesta se convertirá en una queja formal ante esa institución. La nota reclama al Poder Judicial que analice "la demora en la resolución adecuada [se entiende que para volver a encarcelar a Troitiño], pero "mucho más lo que ha llevado al presidente Gómez Bermúdez a plantear para la semana que viene la reunión plenaria donde tenía que verse el asunto".

Es decir, que para el PP la responsabilidad más grave recae sobre el presidente de la Sala de lo Penal. Ni Guevara, ni ninguno de sus compañeros -que se saltaron el criterio acordado por el tribunal para estos casos sin dar ningún tipo de justificación- aparecen citados.

El ataque contra Gómez Bermúdez es sorprendente si se analiza la cadena de resoluciones judiciales. Es cierto que convocó el pleno de la Sala de lo Penal para el lunes 25 de abril. Pero lo hizo, en primer lugar, a petición del fiscal, que, en el recurso de súplica en el que pedía que Troitiño volviera a la cárcel hasta 2017, presentado un día después de su excarcelación, el 14 de abril, subrayaba la "discrepancia entre las distintas secciones de la Sala, que aconsejaría un acuerdo del pleno de la Sala que fijara una postura unánime sobre la cuestión".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Ese mismo día, Bermúdez convocó el pleno para el 25 de abril. El magistrado hizo lo que pudo con la información que tenía en ese momento y teniendo en cuenta los plazos legales. Citó a todos los jueces para esa fecha porque la defensa del etarra disponía de cuatro días para informarse del recurso del fiscal y presentar su escrito con las alegaciones que estimara pertinentes. Como ese plazo terminaba el miércoles 20 de abril, y el puente de Semana Santa es inhábil, la única alternativa era fijar como fecha el lunes 25.

Sin embargo, el lunes 18 ocurrió algo inesperado. La defensa de Troitiño no agotó el plazo legal y presentó su escrito, lo que dejó a la Sala libre para adelantar su decisión. Así, el martes 19 de abril Gómez Bermúdez desconvocó el pleno y volvió a dejar el caso en manos de la Sección Tercera. En su escrito explicaba las dificultades para adelantar el pleno. Hay "falta de quorum", es decir, no es posible convocarlo de inmediato porque la mayoría de los magistrados están fuera de Madrid disfrutando de sus vacaciones.

Lo siguiente es conocido. La Sección Tercera se reúne de urgencia y hacia las seis de la tarde se desdice de su anterior decisión y ordena la detención e ingreso en prisión del etarra, que hasta ahora no ha servido para nada.

Bermúdez fue elegido hasta en tres ocasiones por la mayoría de vocales conservadores (nombrados a propuesta del PP) del anterior Poder Judicial para ocupar la presidencia de la Sala de lo Penal, después de que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo anulara su nombramiento por falta de motivación.

La pasión demostrada en el empeño en nombrarlo, sin embargo, no duró mucho. Su elegido se convirtió en blanco de sus críticas tras el juicio de los atentados del 11 de marzo de 2004. Fue ponente de la sentencia, que descartó cualquier tipo de teoría conspirativa, defendidas por el PP. Alfonso Guevara, contra quien ese partido no ha cargado, también firmó esa resolución.

El portavoz de Justicia del PP, Federico Trillo (izquierda), y el juez Alfonso Guevara.
El portavoz de Justicia del PP, Federico Trillo (izquierda), y el juez Alfonso Guevara.CRISTÓBAL MANUEL / ULY MARTÍN

Los populares defienden las detenciones ilegales

Lo que el Ministerio del Interior tenía que haber hecho una vez que se decretó la libertad de Antonio Troitiño es ordenar a sus agentes que cometieran un delito de detención ilegal. Eso es lo que defendió ayer Federico Trillo en su comunicado. El portavoz de Justicia del PP sostiene que el vicepresidente primero del Gobierno y ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, "una vez que se recurrió por la fiscalía" la resolución de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional que supuso la excarcelación del etarra, "tenía todas las razones para haber procedido al seguimiento e incluso a la detención preventiva" de este.

La providencia de la Sección Tercera que permitió a Troitiño salir de la prisión de Huelva al entender que se había producido su licenciamiento definitivo lo convirtió en un hombre libre a todos los efectos durante seis días. No existía ni podía existir ninguna orden de busca y captura contra él, ya que no tenía causas pendientes. No existía delito por el que pudiera ser detenido, según fuentes de la Audiencia Nacional. El artículo 492 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite a la policía detener a una persona en caso de que estuviera procesada por un delito con una pena superior a los tres años, o "al procesado por delito a que esté señalada pena inferior, si sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la autoridad judicial".

En el caso de Troitiño, al encontrarse libre y con su condena cumplida por resolución judicial, ninguno de esos supuestos le serían aplicables. Por eso, el agente que lo hubiera detenido durante esos seis días de libertad, y quien lo hubiera ordenado, habrían incurrido en un delito de detención ilegal. Solo el auto del pasado martes en el que los magistrados ordenaban su detención y reingreso en prisión habilitó a las fuerzas de seguridad para ello.

En 2002, al producirse la excarcelación -también polémica- de José Antonio Urrutikoetxea, Josu Ternera, el entonces vicepresidente del Gobierno y ahora presidente del PP, Mariano Rajoy, defendió su actuación advirtiendo que "no podía vigilar a persona alguna si no era con autorización judicial".

El PSOE aseguró ayer que las declaraciones de Trillo conllevan un "cinismo político grave".

Un sainete judicial

- Miércoles 13 de abril. Providencia de la Sección Tercera de la Audiencia Nacional por la que se deja libre al etarra Antonio Troitiño tras pasar 24 años preso por 22 asesinatos. La excarcelación llega seis años antes de lo previsto.

- Jueves 14 de abril. La fiscalía recurre en súplica para que se revoque la libertad de Troitiño y se mantenga como fecha de excarcelación el 17 de enero de 2017. La Audiencia da traslado del recurso a la defensa de Troitiño para que alegue antes del 20 de abril.

- Jueves 14 de abril. El presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia, Javier Gómez Bermúdez, convoca un pleno para resolver el recurso el lunes 25 de abril.

- Lunes 18 de abril. El abogado defensor de Troitiño presenta sus alegaciones.

- Lunes 18 de abril. El Tribunal Supremo notifica a la Audiencia una sentencia del 28 de marzo por la que resuelve un asunto sobre dos etarras similar al de Troitiño. El Supremo contradice el criterio que aplicó la Sección Tercera con Troitiño.

- Martes 19 de abril. El presidente de la Sala de lo Penal, Javier Gómez Bermúdez, redacta un acuerdo en el que explica que ante la imposibilidad por falta de quórum (los magistrados están fuera de Madrid) de adelantar el pleno del 25 de abril para resolver el recurso de la fiscalía contra la excarcelación de Troitiño de inmediato, lo desconvoca y devuelve la causa a la Sección Tercera, para que "resuelva a la mayor brevedad posible".

- Martes 19 de abril. La Sección Tercera revoca -a las seis de la tarde- la libertad de Troitiño y dicta orden de busca y captura. A esa hora, el etarra ya estaba en paradero desconocido. Aún sigue fugado.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_