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El artículo 12 de la Ley de Partidos anuló 133 listas en 2007

El 7 de mayo de 2007, dos semanas antes de las elecciones municipales, el Tribunal Supremo anuló 133 de las 246 candidaturas que presentó ANV, la sucesora de Batasuna, a los comicios de Euskadi y Navarra.

El Supremo aplicó a las listas de ANV el artículo 12 de la Ley de Partidos Políticos que sanciona a las formaciones donde se produzca una similitud sustancial con Batasuna en su estructura, organización y funcionamiento, o de las personas que lo componen, rigen, o administran las candidaturas. De esa manera, el Supremo consideró que había continuidad entre las candidaturas de ANV y el partido (Batasuna) "que fraudulentamente las usa en provecho de la continuación de su propia actividad".

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- Las pruebas que consideró el Supremo. El listado incautado a un miembro de Batasuna, con los nombres de las personas que integraron la candidatura de ANV por Ultzama (Navarra); el documento incautado al exjefe de ETA, Mikel Antza, "del que se deriva la estrategia de los partidos ilegalizados respecto del proceso electoral y el papel que en el marco de dicha estrategia quieren que ocupe ANV" y otro documento incautado al etarra Arkait Agote, en el que bajo el epígrafe "Líneas de cara al futuro" se barajan tres posibles opciones a usar en el proceso electoral, son algunas de las pruebas utilizadas por el Supremo.

- El criterio judicial para anular las listas.

"Los datos objetivos expuestos revelan de forma inequívoca y manifiesta que el proceso de conformación de las candidaturas electorales de ANV que nos ocupan ha sido gestado y dirigido en todo momento por miembros relevantes de la extinta Batasuna como mecanismo de sucesión, una vez más, de los partidos políticos ilegalizados, esta vez haciendo uso de determinados elementos orgánicos de un partido legal".

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Un análisis de las 245 listas presentadas por ANV que efectuó en su día EL PAÍS destapó la existencia de más de 600 candidatos que habían integrado en 2003 agrupaciones de Batasuna que ya fueron anuladas por los tribunales de Justicia. Entre los argumentos que utilizó la Abogacía del Estado y la Fiscalía General para impugnar las candidaturas de 2007 estaba el de que se intentarían anular aquellas en las que hubiera un 20% o 30% de candidatos contaminados (que habían formado parte de otras candidaturas vinculadas a Batasuna en procesos electorales anteriores) y que esos miembros ocupaban puestos de salida.

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