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Sin marido y sin presidencia

El Tribunal Electoral de Guatemala considera un fraude de ley el divorcio de la exesposa del presidente Colom

No es un culebrón, pero lo parece. El pasado 8 de abril, el presidente de Guatemala, Álvaro Colom, y su esposa, Sandra Torres, decidieron poner fin a 14 años de convivencia. Tras seis años de novios y ocho de casados, firmaron el divorcio. Las malas lenguas se apresuraron a insinuar que aquella decisión solo era un paripé para que Sandra Torres pudiera presentarse como candidata a la presidencia de la República, algo que la Constitución guatemalteca prohíbe expresamente a los familiares directos de quienes han ostentado tan alta distinción. Consultado el presidente Colom, dijo que aquella interpretación era "un infundio". Sin embargo, solo un mes y dos días después, la recién divorciada presentó su candidatura a la presidencia por el UNE (Unidad Nacional de la Esperanza), el mismo partido que sostiene a su ya exmarido en el poder. Su fotografía invadió las calles del país ante la cita electoral del 11 de septiembre. Pero ahora el Tribunal Electoral acaba de rechazar su inscripción por "fraude de ley".

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Para optar a un matrimonio de conveniencia hace falta fingir amor. Para hacer creíble un divorcio de conveniencia es por tanto razonable demostrar desamor. Álvaro Colom y Sandra Torres acaban de suspender el reto. Si las fechas en que consumaron su ruptura ya eran de por sí sospechosas -en plena precampaña electoral-, la rápida inscripción de Torres como candidata en el Registro de Ciudadanos terminó por poner a la operación el cascabel de la sospecha. Para rematar, a mediados de junio, Torres fue ingresada en un hospital para ser operada -según la versión oficial- de apendicitis. El portavoz del Gobierno dijo que el presidente solo la había llamado por teléfono para interesarse por su salud. Colom, católico a carta cabal, prefirió no mentir: sí, había estado junto a ella en el lecho del dolor.

El Tribunal Electoral decidió finalmente el miércoles rechazar la inscripción de la exprimera dama. El párrafo en el que explica la decisión no solo supone un varapalo para la candidata frustrada, sino también para el presidente en ejercicio: "No puede optar [a la presidencia] por la prohibición expresa contenida en el artículo 186 literal c) de la Constitución de la República de Guatemala y por el fraude de ley en que se ha incurrido, según lo establecido por el artículo 4 de la Ley del Organismo Judicial". Aunque Sandra Torres tiene opción de recurrir y ya ha mostrado su intención de hacerlo, el alto tribunal no se anda con rodeos. Sostiene que su divorcio de Colom "no puede nunca enervar la prohibición taxativa y categórica" que dicta la Constitución de Guatemala. Según el artículo 186, los familiares del presidente, hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, no pueden optar al cargo. Hasta el divorcio de conveniencia, Sandra Torres se encontraba en el primer grado de afinidad.

¿Último capítulo del culebrón? Seguramente no. Los dirigentes del UNE y de la Gran Alianza Nacional (partido con el que concurre en coalición) ya han anunciado que recurrirán la medida y que, si es menester, enviarán a sus partidarios a manifestarse ante el Tribunal Electoral. En un país que, según reconoce el mismo presidente, está a dos pasos de convertirse en el primer narcoestado de América Latina, puede suceder cualquier cosa. Y ninguna será una sorpresa.

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Sandra Torres, en un foro económico en Guatemala.
Sandra Torres, en un foro económico en Guatemala.SAÚL MARTÍNEZ (EFE)

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