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Análisis:LA CUARTA PÁGINA
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Poder judicial: Consejo, a pesar de todo

El CGPJ es en teoría una garantía de la independencia judicial. Pero su politización ha terminado por degradarlo. Lo lógico sería potenciar su hasta ahora frustrado espíritu constitucional.

Ruiz Soroa, en un artículo interesante, deliberadamente provocador, se ha preguntado en EL PAÍS qué hacer con el poder judicial. Y ha propuesto suprimir su Consejo General (CGPJ). Lo escandaloso de las vicisitudes de este organismo puede hacer sugestiva la idea. Y es precisamente eso lo que me preocupa e induce a prolongar la reflexión.

La jurisdicción consiste en juzgar conforme a derecho, por eso no debe ser "gobernada" políticamente. Así, devolver a los jueces a la disciplina del Ministerio de Justicia no es sólo cuestión de técnica organizativa. Implica optar por un modelo de juez integrado en el Ejecutivo, en perjuicio de su independencia.

El gobierno ministerial ha demostrado ser un eficaz productor de jueces políticamente "gobernables". Lo prueba la fácil integración funcional de los del Estado liberal en múltiples experiencias autoritarias: de los nazifascismos al Chile de Pinochet, pasando por el franquismo. Por eso, el constitucionalismo actual quiere al juez efectivamente independiente del Gobierno, y, confía a un nuevo órgano, relativamente autónomo, el Consejo, la gestión del estatuto judicial. Y ello para asegurar la sujeción del juez a la ley, lo propio de quien debe proteger derechos y perseguir delitos incluso frente al poder.

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El CGPJ está politizado al máximo, y ya vemos cómo funciona la Administración de justicia
La alternativa no es devolver el gobierno de los jueces a ningún ministerio

El Consejo es un órgano mixto de "administración" de la jurisdicción, no de gobierno político. Y hay en él mayoría de jueces, porque es su independencia lo que se trata de preservar. Como órgano de garantía, debe ser muy plural, no simple expresión de un sector judicial ni de la mayoría gobernante. Y tendrían que integrarlo jueces y juristas con independencia de criterio, no simples "voceros", menos aún sectarios. Es el modo de hacer real el pluralismo en la magistratura, condición para que ésta pueda amparar todas las actitudes y pretensiones constitucionalmente legítimas, incluidas las disidentes y minoritarias. En particular cuando ese amparo requiera decisiones, legalmente fundadas, pero política o socialmente incómodas.

El ideal, como ocurre en cualquier modelo, nunca es plenamente realizable. Así ha sido, con sus sombras pero con sus luces, en el caso de Italia (cuna del Consejo) evocado por Ruiz Soroa. Ese país registra formas ejemplares de respuesta judicial a un fenómeno como la mafia, con históricas complicidades en el marco estatal y político, favorecedoras de su endémica impunidad. Hasta que se dieron ejercicios de jurisdicción como los de Falcone, Turone, Livatino, Caselli, Borrelli y otros, posibles por la virtud personal de éstos, pero seguramente imposibles sin el sustento de un órgano de garantía como el Consiglio, en su papel constitucional.

Al respecto, es significativo que, ahora, en Italia, el principal valedor del retorno al "gobierno" de los jueces por un ministerio sea Berlusconi, conocido imputado de lujo, acreditado "saboteador" de las causas penales que le afectan.

El paso del "gobierno" ministerial al Consejo supuso cierta redistribución del poder en el Estado, en perjuicio del Ejecutivo y en beneficio del segundo. Precisamente, para reforzar el papel de la justicia como órgano de la legalidad frente a eventuales prevaricaciones de la política; perfectamente reales, como sabemos. Y, es verdad, este cambio dota al Consejo de una autonomía, que genera cierta "irresponsabilidad". Pero es el precio necesario de su calidad de garante -en cada juez- de una función como la judicial, obligada en ocasiones a actuar contra la mayoría gobernante o contra poderes económicos fuertes.

El CGPJ fue "importado" en 1978, en un contexto pobre en cultura constitucional de la jurisdicción; y por actores políticos que enseguida mostraron muy poco interés por la independencia de los jueces. Algo comprensible en la derecha transfranquista (incluida la judicial), que venía de donde venía. Pero no así en la izquierda socialista que, en 1985, con una miopía extraordinaria, cifró la "reforma" de la justicia, no en una transformación estructural de la decimonónica heredada, sino en trasladar mecánicamente su mayoría política al Consejo, para disponer de los nombramientos judiciales. Al parecer, lo único importante. El resultado de esa torpeza (que algunos, poquísimos, denunciamos en su momento) es diáfano. Una institución, el Consejo, politizada hasta el límite, que, con su penosa ejecutoria de subalternidad, es antiejemplo de dependencia para los jueces. Y una administración de justicia disfuncional, por crónicamente mal administrada.

Por otra parte, y esto agrava la situación, hay buenos motivos para estimar que los partidos, que políticamente teledirigen el Consejo, persisten en mantener el mismo rumbo que le ha llevado al desastre. La prueba es que todo su afán se agota en una pelea subterránea por la ocupación de los puestos en ese órgano.

El Consejo actual, de íntegra elección parlamentaria, se ofreció como antídoto contra el corporativismo judicial, que ciertamente existía y era un mal. Pero, con sus prácticas, no lo ha evitado y, además, ha operado como un poderoso instrumento de contaminación partidista, que difunde ésta en todo el campo de la jurisdicción. Y que arrastra en su dinámica a las asociaciones judiciales, que, para "contar" necesitan un partido de referencia. Con lo que los partidos están doblemente presentes en el Consejo: directamente y por juez interpuesto.

El resultado es demoledor pues hace de este órgano una anécdota indiscernible dentro de la política general; imposible espacio de auténtica política de la justicia por su falta de autonomía real. Tanto es así que lo que distingue a los dos bloques de vocales, "conservadores" y "progresistas", en los que (con pocas excepciones) regularmente se rompe el Consejo, es la pura adscripción a una u otra de las formaciones políticas mayoritarias. Evidencia de lo incorrecto del segundo calificativo, pues en el Consejo lo único progresista sería garantizar la independencia judicial sin hipotecas y frente a todos; y difundir los valores constitucionales de la legalidad y la jurisdicción entre los jueces. Algo que nadie hace.

Quien lo dude debería reflexionar sobre el monumental escándalo de la política de nombramientos, política a secas, presidida por el clientelismo; sobre la infravaloración de la profesionalidad independiente del juez, que en sí misma cuenta bastante poco (¡cuando no descalifica!); sobre la frecuencia con que la función de vocal es simple incidencia o antesala de alguna carrera política. Y sobre la probada inclinación de no pocos vocales de procedencia judicial, a adoptar actitudes patéticamente comisariales al servicio del partido "mandante".

A estas alturas de la debacle, el diagnóstico es incluso demasiado fácil. Pero resulta imprescindible atribuir al modelo sólo lo que es del modelo, poniendo en la cuenta de los responsables de su perversión, tanto en el campo político como en el judicial, lo que les corresponde. Lo fracasado en estos años no es el primero como tal, que no se ha estrenado. Por eso entiendo que lo pertinente no es suprimirlo como propone Ruiz Soroa, sino recuperar, con lealtad, el impulso constitucional en su formación y en su funcionamiento; una lealtad y un impulso aún lamentablemente ausentes. Pero si, como supuesto remedio del mal funcionamiento, se tratase sólo de eliminar el efecto-Consejo dejando intactas las causas de su degeneración partidista, habría que explicar por qué obrar de ese modo sólo aquí. Cuando ahí están (¡y cómo están!) el Tribunal Constitucional; las administraciones capilarmente corrompidas por "el ladrillo"; los partidos de la dudosa financiación y las prácticas de poder oligárquico y escasa fidelidad al principio representativo; el vigente sistema electoral que con tanta eficacia lo desvirtúa...

El Consejo es una institución de garantía de la independencia judicial. Pues bien, si lo constatable en él es consecuencia de una degradación inducida, especialmente, por la política, que contamina también políticamente, de forma indeseable, a la propia justicia: ¿no sería cuestión de regenerar y potenciar esa imprescindible función constitucional hasta ahora frustrada?

Perfecto Andrés Ibáñez es magistrado.

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