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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Rebaja a De Juana

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha pronunciado la última y definitiva palabra sobre el caso del etarra De Juana Chaos, condenándole a tres años de prisión por un delito de amenazas no terroristas relacionado con el de enaltecimiento del terrorismo del artículo 578, introducido en una reforma del año 2000. Los dos escritos publicados por De Juana en el diario Gara en diciembre de 2004, estando en prisión, no alcanzan, pues, la gravedad del delito de amenazas terroristas por el que la Audiencia Nacional le condenó a 12 años y siete meses, en octubre pasado, tras un juicio bajo presión en la Audiencia Nacional, con concentraciones ante el tribunal. La definitiva condena a De Juana está en línea con la calificación alternativa de los hechos planteada por el ministerio fiscal en el juicio ante la Audiencia Nacional.

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La decisión del Supremo está más en consonancia con su propia jurisprudencia sobre las amenazas terroristas que la sentencia de la Audiencia Nacional. Y debería servir para cerrar jurídicamente el caso. La condena impuesta ahora es la máxima de las previstas para el nuevo delito. Sería deseable que la decisión del Supremo, que zanja el debate jurídico sobre el caso, cerrara también el debate social, así como la pesadilla que ha supuesto para la inmensa mayoría de los ciudadanos asistir al pulso entre quienes estaban encantados con la posibilidad de tener un mártir para la causa y quienes estaban dispuestos a dárselo.

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La nueva condena no supone de inmediato la excarcelación de De Juana, pero abre sus expectativas de libertad. A su alcance está la libertad condicional (una decisión que depende de la Audiencia Nacional), ya que cumple o está a punto de satisfacer el principal requisito: haber cumplido las tres cuartas partes de la condena, en su caso dos años en prisión preventiva de los tres impuestos. Existe, sin embargo, otro requisito estrictamente penitenciario: un pronóstico favorable de reinserción social que en el caso de un penado como De Juana implica que muestre signos inequívocos de haber abandonado los fines y los medios de la actividad terrorista.

Habrá que acostumbrarse a algo tan elemental en un Estado de derecho como que los terroristas, incluso personas tan sanguinarias como De Juana, salgan de la cárcel una vez cumplida la condena, como sucede con cualquier otro delincuente. Otra cosa sería establecer de hecho la prisión de por vida pasando por encima de la Constitución y el Código Penal.

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