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El Constitucional rechaza suspender la ley del aborto

La decisión ha contado con los votos particulares de cuatro magistrados.- La norma seguirá en vigor mientras el tribunal decide sobre su constitucionalidad

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado hoy, por seis votos contra cinco, la petición del PP de suspensión cautelar de la nueva ley del aborto hasta que el TC se pronunciara sobre los recursos de inconstitucionalidad contra varios preceptos de la norma presentados por ese partido y el Gobierno de Navarra. La decisión ha contado con los votos particulares de cuatro magistrados. La nueva Ley de Salud Sexual y Reproductiva e Interrupción Voluntaria del Embarazo seguirá en vigor mientras el TC decide sobre su constitucionalidad.

Los cuatro votos particulares corresponden a los magistrados conservadores Javier Delgado Barrio, Jorge Rodríguez-Zapata y Ramón Rodríguez Arribas y al progresista Eugeni Gay Montalvo. También votó en contra el vicepresidente, Guillermo Jiménez.

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El Constitucional ha estudiado la suspensión o no de la norma después de recibir las alegaciones al respecto del Gobierno. En su escrito, el Ejecutivo, a través de la Abogacía del Estado, pedía al Constitucional que rechazase la solicitud de los populares por no haber "previsión legal o constitucional" alguna que permita la paralización de un texto con rango de ley aprobado por las Cortes Generales.

Parecía bastante improbable que el Constitucional acordase la suspensión de la ley del aborto, según habían indicado fuentes jurídicas, basándose en un precedente de no paralización de una norma estatal. En 2006, el tribunal rechazó suspender la ley que permitió el traslado del Archivo General de la Guardia Civil, en Salamanca, a Cataluña, tal como había pedido la Junta de Castilla y León, por entender que la Constitución no contempla la suspensión de una norma contra la voluntad popular, esto es, cuando ha sido aprobada por las Cortes y promulgada por el Rey -como en el caso de la nueva ley del aborto-. En ese mismo auto, el Constitucional señalaba que solo puede suspender leyes cuando es el Gobierno el que lo reclama en relación con normas aprobadas por los Parlamentos autónomos. Sin embargo, en esta ocasión, la votación ha sido mucho más ajustada de lo previsto.

El 5 de julio entró en vigor la nueva ley del aborto. Ese mismo día, varias comunidades autónomas gobernadas por el PP anunciaron su boicot a la norma. Al día siguiente, la dirección del PP llamó al orden a sus barones. "La ley del aborto ha entrado en vigor y hay que aplicarla", aseguró la portavoz del PP en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría. El más beligerante de los líderes autonómicos fue el de Murcia, Ramón Luis Valcárcel, quien señaló que la ley no se aplicaría en su comunidad hasta que el Tribunal Constitucional se pronunciara sobre el recurso del PP. Tras multitud de llamadas de atención, Murcia decidió comenzar a aplicar la norma. La región donde se da la mayor tasa de interrupciones voluntarias del embarazo de España (16,6% por cada 1.000 mujeres frente al 15,8% de Madrid) ya no derivará a otras comunidades a sus mujeres para abortar, como era su intención.

El pasado 30 de junio el Constitucional admitió a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por el PP y el Gobierno de Navarra contra la nueva regulación del aborto. El PP ha impugnado preceptos de nueve artículos, entre ellos los relativos a la interrupción libre del embarazo dentro de las primeras 14 semanas de gestación y sobre el aborto por causas médicas cuando no se superen las 22 semanas o existan anomalías del feto incompatibles con la vida. Y se impugnan, además, los preceptos que regulan el aborto de las mujeres de 16 y 17 años que deberán ir a abortar acompañadas de sus tutores, salvo que justifiquen un conflicto extremo. El tribunal también admitió el recurso del Gobierno de Navarra contra la obligación de las comunidades autónomas de garantizar la prestación en su territorio.

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