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Sanidad prohíbe que los menores de 18 años tomen rayos UVA

Su uso abusivo puede provocar cáncer de piel

La utilización abusiva de rayos ultravioleta para broncearse (los conocidos como rayos UVA) 'puede provocar cáncer de piel y dañar gravemente los ojos', según el Ministerio de Sanidad. Por eso, el Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto que regula la venta y utilización de estos aparatos para broncearse. En la norma se prohíbe que los menores de 18 años reciban este tipo de emisiones, y se desaconseja su uso por mujeres que estén embarazadas.

El decreto también prohíbe que las instalaciones que dispongan de máquinas de rayos UVA hagan publicidad afirmando que son 'beneficiosos para la salud'. Aunque una exposición controlada a este tipo de radiación estimula la creación de la vitamina D, la luz solar que se recibe normalmente es suficiente para suministrar la intensidad necesaria. Los expertos incluso desaconsejan que se tome el sol directamente en las horas centrales del día, sobre todo en verano, ante el riesgo de que los rayos UVA produzcan quemaduras.

Otro peligro de las máquinas de broncear es que la radiación puede interferir con algunos medicamentos y los rayos UVA están contraindicados con muchos cosméticos. Por eso el Gobierno exigirá que los centros de estética, gimnasios y similares dispongan de 'un documento informativo que será presentado a la firma de los usuarios para su conformidad' antes de ser sometidos a la radiación. Los usuarios no podrán aplicarse filtros solares. Deberán pasar 48 horas desde la primera exposición hasta la siguiente.

Además, el personal que maneje los aparatos debe tener los conocimientos necesarios para su utilización y sobre el efecto de los rayos en los distintos tipos de piel, a fin de poder aconsejar a los clientes 'con niveles de seguridad aceptables'. También se limitará la intensidad de irradiación de las máquinas, 'equiparándola a la radiación solar', y se prohibirá la emisión por debajo de los 295 nanómetros, la longitud de onda de mayor peligro.

Los centros dispondrán de seis meses para adecuarse a las normas de Sanidad. Los que vayan a abrirse tendrán que acreditar la descripción técnica de los aparatos y materiales de que disponen y que su personal ha recibido la formación necesaria.

La vigilancia e inspección de los aparatos será responsabilidad de las comunidades autónomas, que revisarán las instalaciones al menos una vez al año.

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