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Trata, prostitución y Código Penal

Se considera trata de personas, a la captación, transporte, embarque o recepción de personas por medio de amenaza, uso de la fuerza, coacción, fraude, engaño, abuso de poder o mediando pago a alguien que ejerza un control previo sobre la víctima. Para que pueda hablarse de trata —y no sólo tráfico ilegal de inmigrantes— tiene que haber un propósito de explotación que puede ser sexual, laboral o de extracción de órganos. Pero el sexo es lo que más tráfico humano mueve. El 90% de las actividades de la Ucrif, la unidad de la Policía Nacional encargada de trata, se refieren a este tipo de explotación.

Al estar la trata de seres humanos con fines de explotación sexual tan ligada a la prostitución, la lucha policial y judicial tiene que tener en cuenta las normas que se ocupan de ambos fenómenos. Y ambas son mejorables. El Código Penal de 1995 despenalizó el proxenetismo, conducta que antes sí se perseguía. El legislador quiso no castigar las conductas que rodean a la prostitución libremente ejercida y a partir de entonces empezó a castigarse sólo al que "obligaba" a una persona a ejercer la prostitución. Este marco legal creó un nuevo escenario que propició el rápido desarrollo de una industria alrededor del comercio sexual.

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En 2003 el legislador volvió a cambiar de idea y se castigó de nuevo a todo aquél que se lucraba explotando la prostitución de otra persona, "incluso con su consentimiento". Pero como la prostitución es una actividad lícita, suele haber serios problemas para probar la relación entre prostitutas y chulos.

Por otro lado están regulados los delitos de trata y de tráfico ilegal de inmigrantes. Están juntos, así que es imposible conocer las estadísticas criminológicas sobre trata.

Y finalmente están las víctimas, tratadas por la ley española como instrumentos al servicio de la policía. "El artículo 59 de la Ley de Extranjería permite que se les conceda el permiso de residencia si denuncian y si aportan información relevante para desarticular redes", explica Marta González, de la ONG Proyecto Esperanza. "Si deciden no denunciar, o tienen muchos datos, no hay derechos. No las tratamos como víctimas de una gravísima violación de los derechos humanos básicos".

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