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El chico que nunca debió jugar al fútbol

David recibirá 600.000 euros por un error médico que le mantiene en coma

María R. Sahuquillo

A David le encantaba hacer deporte. Su padre, Miguel Barros, cuenta que era un niño tremendamente activo. Desde siempre. Soñaba con ser futbolista o ciclista y correr con los mejores equipos. Pero ahora David está postrado en una cama y ya no es el mismo David. Una parada cardiorrespiratoria hace nueve años, cuando tenía 16, le dejó en estado de coma vegetativo. Ahora, un tribunal de Cataluña ha condenado al médico que le reconoció antes de sufrir la parada y al servicio catalán de salud a indemnizarle con más de 600.000 euros. La juez que ha instruido el caso considera que ambos actuaron de manera negligente.

Tenía una patología cardiaca. El médico no le dijo que hacer deporte era peligroso

David quería federarse en fútbol y ciclismo. Por eso acudió a hacerse un reconocimiento médico al Hospital de Santa Creu i Sant Pau de Barcelona. Allí, tras someterse a varias pruebas, fue diagnosticado de una patología cardiaca, síndrome de Wolf Parkinson-White, una enfermedad en la que se desaconseja, según la Sociedad Española de Cardiología, la práctica deportiva de alto nivel. Pero el chico volvió a su casa tal y como llegó al hospital. P. T. M., el cardiólogo que le atendió, no le explicó el riesgo que podía correr si seguía jugando al fútbol o montando en bici al ritmo en el que lo hacía. Tampoco le informó de que existía una posible operación para terminar con esta patología cardiaca. Así, David siguió manteniendo la ilusión de ser deportista profesional.

"Siguió jugando al fútbol, como siempre", cuenta Miguel Barros, su padre, y recuerda: "Un día, después de jugar un partido, llegó a casa encontrándose fatal. Estaba mareado y tenía náuseas". Poco después sufrió una parada cardiorrespiratoria. "No sabíamos qué hacer. Llamamos a una ambulancia e intentamos reanimarle", sigue Barros. Tal y como se recoge en la sentencia, la ambulancia apareció 45 minutos después de ese primer aviso. Una llamada que se repetiría desesperadamente cada 10 minutos hasta que, por fin, los sanitarios llegaron al domicilio de David. Sin embargo, cuando el chico llegó al hospital ya era tarde. Ya estaba en un "estado vegetativo crónico por anoxia cerebral", es decir, por falta de oxígeno en el cerebro.

Ahora, una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Barcelona ha condenado al cardiólogo que le efectuó el reconocimiento médico, P, T. M., al servicio catalán de salud y a la Fundació de Gestió Sanitaria del Hospital Santa Creu i Sant Palau como "responsables solidarios de los daños y perjuicios causados a David". La juez sostiene que existe una "relación de causa efecto" en la actuación de este cardiólogo y la arritmia que desencadenó en la parada respiratoria padecida por el chico. También entre la actuación del servicio de ambulancias y su personal y el estado de coma vegetativo en el que se encuentra David. El chico y su familia serán indemnizados con 600.982 euros por esa doble mala actuación.

Sin embargo, Miguel explica que nada podrá devolverle su vida anterior a David. Su familia ha tenido que enviarle a un centro de la Generalitat porque no pueden cuidarle como necesita. Pero tampoco están contentos con la atención que allí recibe y están esperando plaza en otro lugar. El joven ahora tiene 25 años, no ve, no puede moverse. Tampoco hablar. Vive permanentemente tumbado o sentado en una silla de ruedas especial y necesita atención constante. "Todo habría cambiado si el médico nos hubiera dicho que no podía hacer deporte. O si nos hubiese informado de que su enfermedad se podía operar", reclama Barros.

Rafael Martín Bueno, el abogado de la familia y de la asociación a la que pertenecen, Avinesa (Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias), sostiene que precisamente el reconocimiento de que el médico tendría que haberles informado sobre esos riesgos y también sobre esa posible intervención es una de las claves de la sentencia. María Antonia Moral Rosel, presidenta de Avinesa, es de la misma opinión: "Nadie puede decidir por el paciente, tampoco hurtarle información. Cada uno debe asumir sus riesgos, médico y paciente".

La familia no descarta recurrir la sentencia, ya que ésta no reconoce indemnización sobre las expectativas laborales que podría haber tenido David y que ha perdido.

David Barros tiene 25 años y necesita cuidados constantes.
David Barros tiene 25 años y necesita cuidados constantes.JOAN SÁNCHEZ

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Sobre la firma

María R. Sahuquillo
Es jefa de la delegación de Bruselas. Antes, en Moscú, desde donde se ocupó de Rusia, Ucrania, Bielorrusia y el resto del espacio post-soviético. Sigue pendiente de la guerra en Ucrania, que ha cubierto desde el inicio. Ha desarrollado casi toda su carrera en EL PAÍS. Además de temas internacionales está especializada en igualdad y sanidad.

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