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Una sentencia da la razón a la Complutense en su litigio con Aguirre

El TSJM condena al Gobierno regional a pagar a la universidad 43 millones de euros para obras del Plan de Inversiones

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha estimado parcialmente a favor de un recurso interpuesto por la Universidad Complutense (UCM) en el litigio que mantiene con el Ejecutivo de Esperanza Aguirre respecto al cumplimiento del plan regional de inversiones en las universidades. El Gobierno regional, según informan el TSJM y la propia universidad en sendos comunicados, ha sido condenado a pagar 43 millones de euros a la institución que dirige José Carrillo para obras previstas en dicho plan. Esta sentencia no es firme y cabe recurso de casación.

En una sentencia de fecha 22 de julio de 2011, notificada a las partes el pasado día 14 de septiembre, el TSJM afirma que el Gobierno regional "ha incumplido el Plan de Inversiones en las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid para el periodo 2007-2011", y "condena" al Gobierno regional "a su propio cumplimiento y ordenando que ponga a disposición de la Universidad Complutense la cantidad de 43.303.992 euros con destino a las obras de inversión previstas en el Plan".

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"La Comunidad debe abonar a la universidad las cantidades recogidas en el Plan y deberá cumplir los procedimientos exigidos en las leyes para consignar los créditos correspondientes en sus presupuestos, pero su omisión en una determinada Ley de Presupuestos no puede dar lugar, sin más, a la exoneración de la obligación del cumplimiento de la obligación asumida", expone la sentencia. Además, la sentencia precisa que la Comunidad de Madrid "no ha planteado, o al menos no ha demostrado que planteara en momento alguno, la existencia de dificultad o impedimento para su ejecución", por lo que las universidades pueden pedir "los créditos oportunos" pendientes.

La sentencia añade que no puede afirmarse que haya habido "temeridad o mala fe" por "cualquier de las partes litigantes, puesto que sus pretensiones no están manifiestamente desprovistas de amparo fáctico o jurídico". La resolución no es firme y cabe recurso de casación.

El pasado mes de febrero, el TSJM estimó parcialmente el recurso contencioso administrativo planteado por la UCM y condenó a la Comunidad de Madrid al pago de 18,07 millones de euros, correspondientes a parte de la deuda de inversiones 2008, así como la que mantenía con la UCM por el incumplimiento de sus obligaciones de pago en ejecución del convenio de 7 de junio de 2000 por el cual la UCM lleva a cabo las labores de preinscripción, grabación y reparto de las plazas de selectividad del distrito interautonómico. Esta sentencia está recurrida por las partes.

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