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Absuelta la tienda que se rebeló contra la SGAE para no pagar el canon

La sentencia de la Audiencia de Barcelona aplica la doctrina de la UE que declara ilegal aplicar este gravamen a empresas y profesionales

La Audiencia de Barcelona ha absuelto a la tienda de informática Padawan de pagar el llamado canon digital (la tasa que grava a priori cualquier aparato o soporte susceptible de reproducir o copiar un archivo o documento sujeto a derecho de autor) que le exigía la SGAE por la venta de soportes de almacenamiento. La sentencia era esperada en los términos que se ha producido después de que los magistrados elevaran una consulta al Tribunal Europeo y este dictaminara que la normativa española, y de otros países, sobre el canon digital no discrimina entre los particulares y las empresas o Administraciones públicas y que sólo los primeros deberían estar sujetos a su pago. El motivo es que en el caso de las empresas y Administraciones públicas el uso de soportes de almacenamiento no es, previsiblemente, el de conservar copias privadas de obras protegidas por derechos de autor.

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En la sentencia, la Audiencia admite que la SGAE tendría derecho a aplicar el cuestionado canon sobre los soportes digitales vendidos a particulares, pero no así a empresas y profesionales, y exime a Padawan de cualquier pago por considerar que resulta imposible calcular qué parte de ese material vendido se destinaba a uso doméstico.

El cobro a particulares

Josep Jover, el abogado defensor de la tienda, considera que la sentencia sólo admite el cobro del canon a los particulares, pero estos pueden acreditar que no lo han usado para una copia privada y reclamar la exención del pago. "La sentencia abre la puerta a solicitar la exención por parte de particulares del pago si acreditan que no han hecho empleo de la copia privada. En estos momentos no hay un mecanismo establecido para ello por lo que el particular debería dirigirse a una instancia judicial o acreditarlo en el momento de la compra".

Jover sostiene que de la sentencia se concluye que el canon digital no se puede emplear como una medida indemnizatoria por "otras defraudaciones de la propiedad intelectual". Es decir, el canon está pensado para compensar a los autores representados por las sociedades de gestión del empleo de una copia privada de su obra por parte de quien la adquirió legítimamente. No puede calcularse para compensar el perjuicio que puedan ocasionar, por ejemplo, las descargas gratuitas de material protegido. "La sentencia abre la vía de la reclamación por parte de empresas del cobro realizado hasta ahora del canon digital. El Gobierno deberá establecer las medidas de retorno o, en su caso, serán los jueces".

Desde las entidades de gestión, sin embargo, también se ve positivamente el fallo judicial: "Hace seis meses se nos estaba diciendo que esta iba a ser la sentencia que iba a acabar con el canon digital, pero el fallo de hoy dice que tienen que pagar el canon digital las personas físicas y que reconoce el derecho a que se perciba una compensación por parte de las entidades de gestión", afirma Rafael Sánchez, portavoz de SGAE, AGEDI, AIE, CEDRO, EGEDA, DAMA y AISGE.

Sánchez añade: "Esta sentencia deja claro que ya no podemos jugar a canon sí, canon no. Habrá que cambiar el modelo para que en los supuestos que dice la sentencia europea, las personas jurídicas que manifiestamente hagan copias privadas no paguen ese canon".

Explicaciones de las asociaciones de internautas

Para el portavoz de las entidades de gestión, esta sentencia deja en mal lugar a las asociaciones de internautas: "Es una sentencia que deja una situación menos solidaria que la que teníamos antes, antes pagaba todo el mundo por igual y ahora lo que nos dice la sentencia es que las personas físicas sí y las personas jurídicas que manifiestamente hagan copias privadas, no. Quizá quien tiene que dar explicaciones son determinadas asociaciones de internautas que han estado promoviendo esta sentencia y al final consiguen un resultado que no beneficia a los consumidores y sí a las empresas".

Las entidades de gestión están estudiando recurrir el fallo pero no por una cuestión de fondo, sino por el hecho de que la Audiencia de Barcelona hable de "empresas y profesionales" mientras que la sentencia europea habla solo de "personas distintas a las personas físicas", agrega Sánchez.

El presidente de la Asociación de Internautas (AI), Víctor Domingo valora la sentencia porque rompe el criterio que las entidades de gestión estaban planteando. En cuanto al hecho de que este fallo mantenga que los usuarios "residenciales" (los particulares) sigan pagando el canon, Domingo recuerda que la AI ha demandado esa situación ante la Audiencia Nacional y ante tribunales europeos. "Me imagino que el fallo no tardará mucho en salir", añade Domingo.

La AI ha vuelto a exigir hoy al Ministerio de Cultura la devolución de todo lo recaudado a las administraciones públicas por el canon desde 2003. "Tenemos listados unos 50 ayuntamientos que han reclamado la devolución de esas cantidades, miles de euros". Domingo destaca el hecho de que esta sentencia ratifique que las administraciones públicas están exentas del pago del canon porque eso supone que los ciudadanos también dejarán de pagarlo indirectamente. En general, la AI no descarta la necesidad de un canon, pero abogan porque se establezca en el precio de los originales.

"Demasiados años de esfuerzos"

Ana María Méndez, la propietaria de la tienda Padawan, que ha conseguido esta victoria judicial, ha explicado a este diario que está enormemente contenta "porque esta lucha no tendría sentido si sólo se tratara de una victoria personal. Son demasiados años de esfuerzos, dinero, merma de salud...". Méndez considera que la sentencia beneficia a mucha gente. "Cuando la SGAE me denunció yo no tenía datos ni la SGAE los presentó ante el tribunal. Organicé una asociación para reunir a otras personas perjudicadas por las demandas de la SGAE y me encontré con casos que habían terminado con el cierre de la tienda, embargos de pisos...".

En su día, asegura, no pudo defenderse porque carecía de información. "La sentencia supone que se ha acabado que la SGAE vaya a los tribunales pidiendo una cantidad millonaria sin dar explicaciones, sólo para después negociar una rebaja. Ahora deberán justficar cada euro que reclamen". Además, prosigue, se hace inevitable una reforma de la Ley de Propiedad Intelectual.

Ana María Méndez, la primera comerciante que recurrió el canon digital.
Ana María Méndez, la primera comerciante que recurrió el canon digital.EFE

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