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La defensa de Conde pide al Supremo su absolución o que se le considere 'cómplice' de los delitos

El abogado Antonio García Pablos, encargado de la defensa de Mario Conde, explicó ayer al tribunal de casación de la sentencia del caso Banesto, que en ninguna de las tres operaciones de estafa -Cementeras, Centro Comercial Concha Espina-La Esquina del Bernabéu y Oil Dor- por las que el ex presidente fue condenado a 10 años y 2 meses de prisión concurrieron los elementos de engaño y perjuicio, básicos para configurar ese tipo delictivo.

En las tres operaciones, señaló el letrado, no se dieron ni el engaño, ni la puesta en escena del error ni el acto de disposición que provoca el perjuicio. 'Se ha condenado a los ex administradores porque se ha confundido el lucro de los vendedores con el perjuicio del comprador', razonó.

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Al igual que su colega, Fermín Morales, letrado de Arturo Romaní, García-Pablos subrayó que el lucro obtenido por los vendedores 'no puede considerarse perjuicio para Banesto'.

El letrado calificó la sentencia de la Audiencia Nacional como 'equilibrada' en relación con lo que solicitaba el fiscal y las acusaciones, pero reiteró que Conde no fue autor de las operaciones que le han sido atribuídas. Todo lo más, vino a decir, el ex presidente de Banesto podía ser condenado por complicidad o colaboración.

El letrado Luis Rodríguez Ramos, defensor del financiero Jacques Hachuel, explicó al tribunal que la operación Carburos Metálicos había prescrito cuando se imputó a su cliente. Hubo ayer un cierto roce entre Rodríguez Ramos y el letrado Cándido Cónde Pumpido, abogado del Fondo de Garantía de Depósitos. Según Rodríguez Ramos, Hachuel nunca fue asistido de letrado cuando declaró como testigo ante el juez Manuel García-Castellón, afirmación que sostiene Conde Pumpido para mostrar que el financiero Hachuel tenía constancia de los elementos de jucio contra él en la causa, antes de que la operación prescribiera.

Tanto las afirmaciones de Rodríguez Ramos, como los argumentos de las acusaciones el primer día del recurso de casación, el pasado lunes 6, han refrescado el asunto de la falta de imputación de Hachuel en la primera fase de las diligencias de investigación. Fue, sin duda, una de las páginas misteriosas de la instrucción del caso Banesto.

El fiscal del caso, Florentino Ortí, se opuso a la imputación de Hachuel desde el comienzo de la instrucción. Contra viento y marea. Cuando el juez Manuel García-Castellón parecía decidido a imputarle, antes de la prescripción formal, Ortí se negó rotundamente. El juez, finalmente, se plegó a a la posición del fiscal.

Ortí abandonó la carrera fiscal y pasó a ejercer como abogado al sector privado. La Fiscalía Anticorrupción, al asumir el caso, decidió como una de sus primeras medidas pedir la imputación de Hachuel. El juez la rechazó, lo que llevó a un recurso de queja ante la sección segunda. Ésta, finalmente, consideró absolutamente justa la imputación. Pero el delito ya había prescrito formalmente.

El problema es que Hachuel, por su parte, presentó una querella contra autores indeterminados. Fue admitida a trámite en Plaza de Castilla. Y más tarde se trasladó a la Audiencia Nacional. Allí, en su propia querella, consta que lo sabía todo de los hechos que eran objeto de la otra querella criminal.

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