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Interpretaciones para dos artículos

El juez Santiago Pedraz resolvió que la publicación en el diario Gara de dos artículos firmados por el preso José Ignacio de Juana Chaos no demostraba su pertenencia a la banda terrorista ETA.

Sus argumentos han sido rechazados ahora por la sección Penal de la Audiencia Nacional. Lo que sigue resume las principales discrepancias de dos resoluciones judiciales.

- Pedraz: "De los artículos publicados no se puede concluir el apoyo a la lucha armada, ni con la expresión 'vamos a ganar' o la de 'jueces prevaricadores, políticos corruptos, profesionales de la tortura, carceleros sin escrúpulos".

- Sección Primera de la Audiencia Nacional: "Después de insistir que ellos van a ganar porque tienen el escudo de la razón, concluye diciendo: "Hace años escuché a un muy apreciado compañero chillar con fuerza 'Sacar vuestras sucias manos de Euskal Herria'. 'Sí, sacadlas, porque otro camino sólo implica más sufrimientos. O el futuro terminará demostrando, sin duda, que os quedasteis sin ellas'. Esta última afirmación tienen contenido intimidatorio y amenazante, por lo que supone la referencia a sufrimientos y quedarse sin la mano, dirigida a todas aquellas personas expresamente calificadas como el enemigo a lo largo de la carta".

- Juez Pedraz: "Los hechos tampoco pueden constituir el delito de amenazas terroristas, tanto porque no se acredita tal integración como porque no puede deducirse de los artículos un señalamiento de las personas citadas como objetivo para la banda armada".

- Sección Primera de la Audiencia Nacional: "Con la publicación de esos datos, José Ignacio de Juana Chaos puede estar tratando de fijar objetivos para futuras acciones de ETA, porque precisamente los funcionarios de instituciones penitenciarias, de todos los niveles, han sido víctimas frecuentes de las acciones de ETA".

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