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Una sentencia del Supremo puede influir en el tribunal que juzgue a Garzón

La Sala Tercera tumba el acuerdo de que los eméritos no enjuicien aforados

Una sentencia del Pleno de la Sala Tercera de lo Contencioso del Tribunal Supremo, adoptada por unanimidad, puede dar un vuelco a los procesos que se siguen en la Sala de lo Penal contra el magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón y otros aforados -diputados, senadores, etcétera- que están siendo investigados en el alto tribunal. La sentencia reconoce el derecho de los magistrados eméritos -los que siguen ejerciendo al llegar a la edad de jubilación- a participar en las salas de admisión de asuntos, en el enjuiciamiento de aforados y en los plenos jurisdiccionales, de los que habían sido excluidos.

En consecuencia, podrían entrar a formar parte de alguno de los tribunales que juzgue a Garzón, en el muy probable caso de que sus actuales componentes sean recusados por la defensa del magistrado.

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De momento es solo una posibilidad, pues la aplicación de la sentencia tendrá que realizarla la propia Sala de lo Penal, y en buena medida dependerá de cómo y cuándo quiera hacerlo. Pero en la práctica podría ser perfectamente posible que alguno de los magistrados eméritos entrasen a formar parte de alguna de las tres secciones de la Sala de lo Penal que conoce de las causas contra Garzón. En la Sala de lo Penal hay tres magistrados eméritos: Enrique Bacigalupo, José Antonio Martín Pallín y Siro Francisco García Pérez (los tres de talante progresista). Martín Pallín no podría formar parte en ningún caso del proceso a Garzón por investigar los crímenes del franquismo debido a su activa campaña en contra del caso. Pero Bacigalupo o Siro García sí podrían tener que hacerlo, en el caso de que el Supremo se decida alguna vez a señalar ese juicio, pendiente desde hace seis meses.

La sentencia de la Sala de lo Contencioso, adoptada por unanimidad por los 30 magistrados que integran el Pleno, estima un recurso del magistrado emérito de la Sala de lo Penal José Antonio Martín Pallín, que ha conseguido tumbar sendos acuerdos de la Sala de Gobierno del Supremo y del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. De paso, ha tirado por tierra buena parte de los informes del presidente de la Sala de lo Militar, Ángel Calderón, y del presidente de la Sala de lo Penal, Juan Saavedra, sobre los que se sustentaron dichos acuerdos.

Siguiendo las tesis de Martín Pallín, la sentencia no considera justificada la exclusión de magistrados eméritos del funcionamiento de las Salas Especiales, de las de admisión, de los incidentes de recusación y de los plenos de las salas jurisdiccionales. "Resulta poco razonable", asegura, "que se admita la presencia de eméritos en sala no jurisdiccional porque su experiencia y conocimientos se consideran decisivos, y en cambio esa experiencia no sea necesaria cuando se trata de asuntos jurisdiccionales".

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La Sala explica también que la exclusión de eméritos puede en determinados supuestos afectar al derecho al juez ordinario predeterminado por la ley del artículo 24.2 de la Constitución, por lo que, en definitiva, estima el recurso de Martín Pallín y declara que los eméritos pueden ejercer con plena jurisdicción.

José Antonio Martín Pallín.
José Antonio Martín Pallín.

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