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Auto del juez Grande-Marlaska prohibiendo un acto de Batasuna el próximo sábado en Navarra

Juzgado de instrucción número cinco de Madrid

Audiencia Nacional

Sumario 35/02-M

Integración en organización terrorista

AUTO

Madrid 26 de enero de 2006

HECHOS

Único.- En fecha 17.01.06 y en el marco del sumario de referencia se ha dictado auto por el que en su parte dispositiva se ha acordado la suspensión de todas las actividades por otros dos años más de la formación política ilegalizada Herri Batasuna-Euskal Herritarrok-Batasuna.

En fecha 25.01.06 por la Jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil se ha presentado informe sobre la convocatoria de un acto político de Batasuna en Alsasua (Pamplona) previsto para el próximo día 28.01.06.

RAZONAMIENTOS JURÍDICOS

PRIMERO.- Por la Jefatura del Servicio de Información de la Guardia Civil se aporta por escrito con fecha de entrada 25.01.06 donde se informa de la existencia de una jornadas bajo el lema "Once razones para la resolución /Mamaika arrazoi konponbidereako" a celebrar en la comarca de Sakana (Navarra) durante el periodo comprendido entre el 20 y el 27 de enero de 2006, concluyendo con un acto político final a desarrollar en el fontón Burunda de la localidad de Alsasua (Navarra) el 28.01.06 y donde está prevista la presencia del miembro de la Mesa Nacional de la ilegalizada BATASUNA, Pernando Barrena Arza. En base a las circunstancias de la convocatoria, el mismo Servicio de Información de la Guardia Civil, interesa se les comunique si dicho acto estaría inmerso en la causa de prohibición recogida en el punto 2 b) del auto de fecha 17.01.06, acordando la suspensión de actividades de BATASUNA por otros dos años.

Más información
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SEGUNDO.- El apartado 2 b) de la parte dispositiva del autote fecha 17.01.06 al que se hace referencia en el razonamiento que antecede, deviene el siguiente tenor literal:

"Respecto de las actividades que se suspenden a la formación HB-EH-Batasuna y cualquier sucedáneo que intente sustituirla o que ya lo haya hecho, debiendo hacerse constar así en el procedimiento la medida fijada en el número 1 de esta parte dispositiva, se concreta en los siguientes puntos:

…./…. b) Suspensión de la capacidad de convocar manifestaciones, concentraciones, caravanas o cualquier acto público o de asistir a los mismos. A tal efecto, comuníquese a la Consejería de Interior del Gobierno Vasco y Comandancia de la Guardia Civil de Navarra y Jefatura Superior de Policía de Pamplona (Navarra) con el fin de que adopte todas las medidas legales necesarias para hacer efectiva esta medida que es ejecutiva desde el día de la fecha."

TERCERO.- En el caso de autos y por las razones que seguidamente se expondrán, atendiendo al informe que antecede elaborado por el Servicio de Información de la Guardia Civil, únicamente cabe colegir como el acto político a desarrollar el próximo 28.01.06 en el frontón de Burunda de Alsasua (Navarra), se encuentra afecta a las causas de prohibición recogidas en el auto de fecha 17.01.06, acordando la suspensión de actividades de Batasuna y por su relación directa con esta organización. Así:

a) Las jornadas denominadas "Once razones para la resolución / Hamaika arrazoi konponbidereako" se encuentran íntimamente relacionadas con la denominada "Propuesta de Anoeta" (Otain Herria Orain Bakea), sucesora de la "Alternativa Democrática" ideada por ETA y asumida por la última, tal y como se concluye del zutabe nº 107 de marzo de 2005.

b) De la información publicada en el diario Gara con fecha 16.01.06, así como de los carteles aparecidos en distintas localidades, referidos en el informe que antecede, se concluye como las citadas jornadas a concluir el día 28.01.06 en el frontón Burunda de Alsasua, conforman o integran una extensión pública de la "Propuesta Anoeta", y siempre auspiciada por Batasuna. Buena prueba de lo anterior el cartel fotografiado y obrante a la pág. 6 de informe donde textualmente dichas jornadas se relacionan expresamente con la Propuesta Anoeta (Orain Herria, Orain Bakea) y con la misma Batasuna y

c) Posteriormente la convocatoria del acto final de fecha 28.01.06, tal y como se infiere del cartel fotografiado y obrante al folio 10 del informe, concluye sobre la identidad material objetiva y subjetiva, con la única diferencia, como no podía ser de otro modo tras el auto de 17.01.06 de hacer desaparecer el logotipo "Batasuna" manteniendo incólume aquél otro de "Orain Herria, Orain Bakea", expresión misma de la "Propuesta Anoeta" ideada por el frente político-institucional de ETA, y liderado por la última.

La anterior inferencia es la única factible en parámetros de lógica probabilidad recordando como dichas jornadas "Once razones para la resolución / Hamaika arrazoi konponbidereako", se conforman como desarrollo de la "Propuesta Anoeta", y son auspiciadas desde un inicio por la ilegalizada Batasuna, un frente político-institucional de la organización terrorista ETA, siendo el acto de fecha 28.01.06, su conclusión, y sin que pueda aceptarse su carácter autónomo.

Por lo expuesto, vistos los artículos citados, y demás de general y pertinente aplicación;

DISPONGO

Que en razón al expuesto previamente formulado debía concluir como el acto político a celebrar el próximo día 28.01.06 en el frontón Burunda de Alsasua (Navarra) configurado como colofón jornadas "Once razones para la resolución / Hamaika arrazoi konponbidereako", desarrollo de la "Propuesta Anoeta" se encuentra afecta a las causas de prohibición recogidas en nuestro auto de fecha 17.01.06, acordando la suspensión de actividades de BATASUNA por dos años más.

Ofíciese a la Delegación de Gobierno de la Comunidad Foral de Navarra al objeto de que dirija las oportunas órdenes a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estados, en el sentido de impedir su celebración, realizando el oportuno atestado donde se nos informe de cualquier contingencia.

Ofíciese al Ayuntamiento de Alsasua (Navarra), al objeto de que, en el supuesto de que el frontón Burunda de dicha localidad, sea de propiedad municipal, se abstenga de ceder su uso a esos fines, o cualquier otra concentración que trate de sustituirla, bajo la advertencia de poder incurrir en un delito de desobediencia grave, bien de colaboración terrorista.

Notifíquese esta resolución al Ministerio Fiscal y a las demás partes personadas.

Así lo acuerda, manda y firma D. Fernando Grande-Marlaska Gómez, magistrado juez del Juzgado Central de Instrucción número cinco. Doy fe.

E/

DILIGENCIA: Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.

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