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El Supremo desestima el recurso de AENA sobre Barajas

Confirma la suspensión de los sobrevuelos sobre la urbanicación madrileña Ciudad Santo Domingo

La Sala 7ª de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el incidente excepcional de nulidad promovido por AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea) respecto a la pionera sentencia dictada por el alto tribunal en noviembre, en la que reconoce lesión del derecho a la intimidad domiciliaria de los vecinos de la urbanización Ciudad Santo Domingo y ordena el cese de los sobrevuelos de aviones. Además, el fallo condenó a AENA a pagar 6.000 euros a cada uno de los cinco demandantes, representantes de los 5.000 residentes de esta colonia cercana a la localidad madrileña de Algete. Con el incidente excepcional de nulidad, AENA intentaba que el Supremo admitiera que su sentencia no era correcta y la anulara. Ahora, se abre la puerta al Constitucional. AENA ya anunció la posibilidad de presentar un recurso de amparo porque considera que el fallo no se corresponde con la normativa actual sobre ruido.

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La sentencia del Supremo, del 11 de noviembre, es la primera que reconoce el derecho de los habitantes de zonas aeroportuarias a no ser molestados por el ruido de los aviones. Tras conocer la noticia, los abogados de los vecinos destacan que el Ministerio Fiscal haya propugnado la desestimación del incidente, formulado por AENA y con el Abogado del Estado. "Trataba de señalar vicios o defectos que indicasen que se les ha causado indefensión, para ganar tiempo o poder acceder al Tribunal Constitucional", señalan en un comunicado.

El tribunal indica que los motivos formulados no pueden prosperar y destaca que los elementos de prueba acreditan la lesión del derecho a la intimidad domiciliaria y determina que la Sentencia no incurre en las infracciones denunciadas por AENA en derecho a tutela judicial efectiva. Para el presidente de la Asociación contra el Ruido Ciudad Santo Domingo y uno de los cinco vecinos demandantes, Jesús Coca, "se trata de un nuevo triunfo de la Justicia", pues "la sentencia es redonda, aunque AENA haya intentado ponerle hierros a la rueda". Desde la publicación del fallo hay un periodo de dos meses y diez días hábiles para que AENA la ejecute de manera voluntaria, periodo que terminó el 26 de enero. "A pesar de ello AENA ha mantenido los sobrevuelos sobre Santo Domingo, a baja altura incluso en fines de semana y desde muy temprano", señalan los vecinos.

La situación, "la misma que contempla la sentencia"

Mientras tanto, el secretario general de Transportes, Fernando Palau, ha presentado un escrito con documentación de más de mil folios donde "pretende dar por cumplida la sentencia con actuaciones del pasado". A juicio de los abogados de los vecinos, "el Ministerio de Fomento hace un increíble esfuerzo por disfrazar la realidad y tratar de convencer de que la situación desde 2004 a fecha corriente ha mejorado considerablemente gracias a las medidas adoptadas desde entonces". "Nada más lejos de la realidad: la situación es la misma que contempla la sentencia del Supremo sujeta a ejecución o incluso ha empeorado en la actualidad", por lo que indican que la ejecución debe acreditarse siendo firme la sentencia.

Los vecinos del núcleo de población Ciudad Santo Domingo instarán al tribunal competente que se ejecute la sentencia "en vía forzosa" y pondrán en marcha "si fuera necesario acciones penales que correspondan contra los responsables de la ejecución". Según esta asociación, con la primera ampliación de Barajas en 1999 se diseñó una ruta sobre la vertical sobre la población de 5000 habitantes Ciudad Santo Domingo, que colocó a la población en aproximaciones y pre-aterrizajes. Los vecinos demandaron a AENA por violación de Derechos Fundametales por sobrevuelos y el 11 de noviembre el Supremo falló a su favor, condenando a AENA por violación de la intimidad domiciliaria. Los vecinos habían recurrido una desestimación inicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. AENA ha consignado en el Juzgado la indemnización de los recurrentes pero estos han indicado que el objeto de demanda es el ruido de los sobrevelos, que hace la vida imposible en sus casas e inadecuado el colegio publico para 250 niños de entre seis y 12 años, con ruidos de entre 75 y 80 decibelios.

Los vecinos consideraron evitable la ruta aérea que pasa por esta población de 5.000 habitantes desde la construcción de la tercera pista en 1999. Además hacen referencia a los riesgos de más de 30.000 aeronaves en sobrevuelo sólo en 2003, cuando antes de la tercera pista de 1999 no había ninguno. "De hecho, los sobrevuelos carecen de justificación pues hay soluciones operativas probadas que además no reducen sustancialmente la operatividad", dicen los vecinos, que reclaman una ruta mediante el uso de guía electrónica o bien uso de aterrizaje instrumental de precisión de la nueva pista inaugurada el 5 de febrero de 2006. Por un lado, destacan que la ruta de guía electrónica fue aprobada y certificada en 2001 pues Santo Domingo está a 18 kilómetros del aeropuerto y más de 10 kilómetros de cabeceras de pistas, de manera que se ha podido utilizar desde 2002. "En la actualidad es posible el uso de la nueva pista que evita el sobrevuelo de cualquier población y proporciona la misma operativdad", sostienen.

Panel luminoso en Ciudad de Santo Domingo (Algete) en el que se anuncia el fallo del Supremo.
Panel luminoso en Ciudad de Santo Domingo (Algete) en el que se anuncia el fallo del Supremo.SAMUEL SÁNCHEZ

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