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El supremo revoca la sentencia que obligaba a Telecinco a pagar 300.000 euros a Gonzalo Miró

El hijo de la realizadora Pilar Miró denunció en 2007 a los programas 'Aquí hay tomate' y 'TNT' por intromisión ilegítima en su intimidad personal

El Tribunal Supremo ha revocado la sentencia dictada en 2007 por la Audiencia Provincial de Madrid que obligaba a Telecinco a pagar al polifacético Gonzalo Miró 300.000 por intromisión en su derecho al honor y su intimidad personal y familiar. La cadena ha ganado así el pulso al hijo de la directora de cine y popular realizadora de TVE, Pilar Miró, que denunció a los programas Aquí hay tomate y TNT, ambos desaparecidos, por realizar especulaciones sobre quién pudiera ser realmente su padre.

La sentencia del tribunal madrileño establecía una indemnización de 300.000 euros, tal como pedía Miró, y obligaba a los magacines denunciados a "abstenerse en lo sucesivo" de hacer cábalas sobre la identidad del progenitor de Miró. Telecinco, que entonces emitía ambos programas, recurrió entonces la sentencia ante el Supremo, que, tres años después, le ha dado la razón.

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"En los programas de referencia se conjetura sobre las posibles filiaciones paternales del actor, con base a una serie de datos conocidos en relación a la vida de su progenitora, siendo diversos los nombres propuestos y por tanto barajados como posibles", recoge el fallo, que concluye, según el comunicado hecho público por la cadena, que "lo cierto es que no se determina ni revela identidad específica o concreta que permita justificar la posible vulneración o intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad personal y familiar".

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